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tomas

inquilino/a

Si alquilo habitaciones, ¿es igual que alquilar un piso?
Si alquilo habitaciones, ¿tengo obligación de hacer conrato?
  • Preguntado por: tomas
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
  • Antonio Postigo

    profesional

    El pactar un alquiler ya es un contrato. Basta el acuerdo verbal.

    Lo conveniente es hacerlo por escrito para dejar recogidos los acuerdos. Es el medio de prueba más fácil que puede tener.

    En el caso del alquiler de habitaciones, puesto que le conviene fijar unas reglas de convivencia, se hace casi imprescindible la forma escrita del contrato. Y desde luego totalmente recomendable.

    Un saludo, desde Málaga.
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