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ara

inquilino/a

Actualización IPC en pisos en alquiler
Tenemos un contrato de alquiler con fecha de 1 de mayo de 2006. Durante el 2007 y 2008 el propietario nos ha aplicado la correspondiente subida de IPC, comunicándonosla verbalmente. Este año aún no nos ha comunicado nada, pero sabemos que nos tendría que rebajar la renta porque la tasa de variación del IPC es negativa. La pregunta es: ¿tenemos derecho a reclamar ahora, o tendríamos que haberlo hecho en mayo?, ¿qué IPC habría que aplicar, el de agosto o el de mayo? y si podríamos reclamarle los atrasos de mayo a septiembre, en caso de tener derecho a la actualización. Muchas gracias!!
  • Preguntado por: ara
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
antonio arrendamiento ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Ara guapa. Claro que tienes derecho a pedir tu renta actualizada. Lo que sucede es que como tu contrato cumple años el uno de mayo, su mes de referencia para aplicar la variación del IPC es marzo. Y el IPC de marzo fue -0,1% (el primer mes que bajó) Es decir que si pagas 500 euros, la renta actualizada sería 499,50

    Por eso no te merece la pena ni gastar dinero en una comunicación porque te gastarás todo el ahorro de la bajada, máxime cuando han pasado ya 4 meses sin aplicarse.

    Eso sí, para el año que viene, si te tocará subir por ejemplo un 1,2% puedes aplicar a tu arrendador sólo un 1,1% (quitando tu 0,1% negativo de 2009)

    No creo que nadie deba enfadarse con nadie por aplicar la ley. Por que otros años cuando el IPC era positivo ¿Se ha enfadado? No, pues ahora... tampoco.
  • antonio arrendamiento

    profesional

    Se puede actualizar en cualquier momento, pero sólo será eficaz o efectiva a partir de la notificación, nunca con caracter retroactivo. Puedes instar la actualización tú, contabilizándose desde entonces. Pero si le tocas las narices mucho al propietario, seguro que no le va a gustar (a mi no me gustaría) y el año que viene te actualizaría sin tregua y en el 2011 se te acabaría el contrato. Lo más inteligente es negociar con él: No se baja la renta pero que no te la suba el año que viene o algo así:; Hay que hablar y solo si no funciona, acudir a la acción , para la que te recomiendo una mera y breve consulta en un abogado que por poco dinero te hará ahorrar mucho.

    Antonio atiende en http://www.arrendamientos.net/
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