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Elena

inquilino/a

3 inquilinos en herencia y en desacuerdo.
Mi problema emerge cuando en un local que tengo alquilado para comercio, comienza a llover, literalmente, dentro de la tienda, por problemas  de los dos edificios contiguos. Nadie se hace responsable,ni los seguros, ni las comunidades, ni el dueño. Para más, la propietaria fallece y se quedan sus tres hijos peleados como gestores del alquiler. No se ponen de acuerdo en la forma de pagar mi renta, un 66% de los herederos quiere que se ingrese en una cuenta común en la que aparecen ellos 3 y la fallecida. El otro 33% quiere 3 ingresos por separado. Todos amenazan con dejar de hacerse cargo de los desperfectos en el local, si no se cumple lo que quieren. Me recomiendan depositar la renta en el juzgado (abogado de mi seguro de comercio). El ultimo mes lo he hecho en la cuenta bancaria del contrato, que dicen los herederos que está cancelada, pero mi banco insiste en que la transferencia entró correctamente. Puedo denunciarles por estos motivos? Me gustaría marcharme del local pero mi inversión inicial para abrir la tienda fue muy grande y lo perdería todo, es así? ¿Que debo hacer?
  • Preguntado por: Elena
  • Hace 8 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Elena la recomendación de Oscar es lo mas oportuno, dice que su abogado de comercio le recomienda depositar la renta en el Juzgado, pero me temo que ningún Juzgado le va a admitir ese depósito sin más.
    Mientras no le comunique formalmente quien o quienes son los herederos que se subrogan en su contrato de arrendamiento debería seguir pagando en la misma forma que lo ha venido haciendo, si no le admiten el pago entonces sí deberá consignarlo en el Juzgado, lea este enlace:
    LA CONSIGNACIÓN JUDICIAL DE ALQUILERES De cualquier modo ningún arrendador, incluso una herencia yacente, puede dejar de cumplir su obligación de mantener al arrendatario, vd., en el disfrute pacífico de lo arrendado, si no le reparan las deficiencias deberá acudir a la vía judicial para ello, ¿No tiene asistencia jurídica en su seguro? Si la tiene exija al seguro la reparación y que reclame "a quien corresponda".
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Acudir a un abogado es lo mejor en su caso, ya que lo primero que tiene que hacer es obligar a que le solucionen los problemas si les corresponde, y lo segundo informar de como va a pagar a partir de ahora, cuanto mejor hechos esten estos dos pasos, mejor para todos.
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