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aroa

inquilino/a

¿Tengo que pagar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y acto jurídicos?

Hola,

Acaba de llamarme el propietario de mi piso para decirme que tengo q pagarle 70 euros del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y acto juridico patrimonial, pq dice que ha llevado el contrato a la junta de andalucia para formalizarlo y que ha tenido que dejarle la fianza alli, pero que este impuesto tenemos que pagarlo nosotros, ¿en verdad estamos obligados? pq a nosotros no nos beneficia en nada que el contrato esté por la junta ya que no solicitamos ayuda ninguna. ¿podéis ayudarme?

Gracias.

  • Preguntado por: aroa
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Desahucios Ya ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • livia

    inquilino/a

    Te copio:

    Concretamente, están sujetas al pago de este impuesto las transmisiones patrimoniales onerosas, las operaciones societarias y los actos jurídicos documentados. Así :

    a) Las transmisiones patrimoniales onerosas (como por ejemplo, la compraventa de bienes muebles o inmuebles, constitución de derechos reales (usufructos), arrendamientos… etc.

    "El sujeto pasivo: Es el adquirente o aquella persona en cuyo favor se constituye el derecho real, quien promueva los expedientes de dominio o las actas de notoriedad… etc"

    "En el caso de los arrendamientos de fincas urbanas, podrá satisfacerse la deuda tributaria mediante la utilización de efectos timbrados, según la escala determinada por la ley"

    • Respondido por: livia
    • Hace 13 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El arrendamiento de vivienda está sujeto a Transmisones Patrimoniales (ITP) cuyo pago corresponde al inquilino, lo que no puedo aventura si es correcto el importe reclamado.

    Puede visitar mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ donde aparecen temas relacionados o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • Desahucios Ya

    Desahucios Ya

    profesional

    Hola,

    El depósito de la fianza es obligatorio para su casero y el importe que tenga que depositar o abonar para ello es responsabilidad de su casero salvo que en su contrato de alquiler se haya dispuesto otra cosa expresamente.

    Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.

    Un saludo
    www.desahuciosya.com
    informacion@desahuciosya.com
    T.653209052

     

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