Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

gofegadugo

inquilino/a

Sobre indemnización por no finzalizar otro año. ¿Pueden exigírmela?

El tema es que en la clausula del contrato firmado dice que entra en vigor el día 22 de Marzo de 2010 , tendra una duración de UN AÑO, finalizando a todos los efectos el día 21 de Marzo de 2011, todo ello sin perjuicio del ap1 art9 LAU.éste se prorrogara obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de 5 años, salvo que se manifieste con 30 días de antelación como mínimo (yo avise a primeros de febrero de 2011), o cualquiera de sus prorrogas de la voluntad de no renovarlo o ejercitar derecho a compra. Comunicar la intencion de no continuar y dar por finalizado el contrato antes de transcurso de primer año, hay que indemnizar, daños y perjuicios, el equivalente a dos mensualidades. Si la circuntancia es finalizando el primer año y antes del fin del segundo, la indemnizacion sera de una mensualidad

Digoyo,que sera si lo dejo antes de fin 2do año PERO SIN AVISAR, NO?

  • Preguntado por: gofegadugo
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
javier diez ha sido el primero en contestar
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Si has avisado treinta días antes de finalizar el primer año no te pueden penalizar.Esas penelizaciones se refieren a si no avisas a los cumpleaños del contrato  y marchas antes

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas