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Anónimo78

inquilino/a

Seguro adicional para piso alquilado

Hemos alquilado un piso, la propietaria no nos había dicho nada, pero en el contrato figura que debemos hacer un seguro adicional por si hay caida de agua a plantas inferiores ó daños a terceros.

 

Eso es legal? esto no debería correr por cuenta del propietario?

 

Gracias

  • Preguntado por: Anónimo78
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (10)
Crazyh ha sido el primero en contestar
Karlangas ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Anónimo78

    inquilino/a

    Muchas gracias a todos, sobre todo por estas dos últimas aclaraciones, me han ayudado a entenderlo mejor.

     

    un saludo.

  • Karlangas

    inquilino/a

    Anónimo78:

    Tras su nueva intervención, comentarle que cuando yo intervine, desconocía por completo el nivel de conocimientos que -Respecto a seguros- pueda tener usted. Le sugiero leer el enlace que le propone Amparo bb.

    Le reitero mi recomendación de que asegure lo suyo como ya le dije. No se preocupe demasiado cuando nos escribe no entiendo para qué asegura ella el piso.

    Lo hace porque ella  -no usted-  Asegura, entre otros, los siguientes valores orientativos en euros:

    Garantías básicas:

    --70. 000 valor de reposición piso de 2 habit, calidad media, en ciudad de tamaño medio,

    --18. 000 contenido,

    --300. 000 responsabilidad civil

    Sigue en 2

  • Karlangas

    inquilino/a

     

    Entrega 2 de 4

    Gastos varios, que usted no asegura porque no le atañen:

    --16. 000 Inhabitabilidad y/o pago de alquileres.

    --70. 000 inundaciones,

    --70. 000 impactos o choques

    --70. 000 actos de vandalismo

    --Etc.

    Cuando nos dice: estamos -Asegurando- ciertas cosas dos veces; tiene usted razón pero, no debe preocuparle demasiado porque una buena parte de lo que usted asegura  -dentro de lo que es contenido (hasta 3. 000)-  son importes por gastos.

    Sigue en 3

     

  • Karlangas

    inquilino/a

    Entrega 3 de 4

    Le conviene asegurar algunos riesgos porque puede ocurrir que en la vivienda se produzcan accidentes que no afecten directamente  -a los bienes propios de usted-  pero que afecten al transcurrir de la vida cotidiana, como puede ser la rotura de una cerradura o una ventana.

    Además tendrá asegurados algunos riesgos que están ahí y que muchas personas -No avezadas en seguros- apenas si saben que existen y que se pueden asegurar.  

    Algunos ejemplos, con valores (total continente) en euros:

    Extensivos:

    --3. 000 desbarre y extracción de lodos, 

    --3. 000 humo,

    --3. 000 ondas sónicas,

    --3. 000 localización averías,

    --Etc.

    Sigue en 4

  • Karlangas

    inquilino/a

    Entrega 4 de 4

    Puesto que usted ha de asegurarse por exigencias del contrato y de su casera, puede sentirse con justificación -Más que suficiente- para exigir a su casera que le facilite a usted la contratación de ese seguro informándole a usted de la póliza concreta y de la aseguradora con la que ella tiene contratado el continente. Con esa información usted debe pedir, a esa compañía su propio seguro de forma que se armonicen totalmente, ambas pólizas, evitando, en todo lo posible, la repetición de las mismas coberturas, a la vez que se coordina todo para que nada quede al azar.

    Le recomiendo que trabaje el tema en profundidad. Por la tranquilidad que le dará, el hacerlo bien, vale la pena.

    Karlangas.

    24. 11. 2011

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Igual lo ves más claro en este enlace

  • Anónimo78

    inquilino/a

    Muchas gracias por la información, pero entonces no entiendo para qué asegura ella el piso. Estamos ciertas cosas dos veces.

     

    saludos

  • Karlangas

    inquilino/a

    Anónimo78

    Decíamos ayer: la cláusula (que usted ni se había leído al firmar el contrato) es legal y le obliga a usted a contratar ese seguro. Puesto que usted lo califica de adicional podemos pensar que la  Propietaria ya tiene el piso asegurado.

    Le recomiendo que usted asegure lo suyo, como sigue:

    --Seguro hogar global (seguro multihogar) que le cubre una gran cantidad de diferentes riesgos (por razón de espacio sería casi imposible concretarlas aquí)

    Le cubre, para cada uno de esos múltiples riesgos, con:

    --3. 000 Euros; total continente (*) y

    --12. 000 Euros; total contenido.

    Sigue en 2

  • Karlangas

    inquilino/a

    Entrega 2 de 2

    Con las citadas arriba y las coberturas más destacadas que sí que le detallo:

    ----Su mobiliario: 12. 000€ (usted verá si le es suficiente)   

    ----Responsabilidad civil 300. 000€

    ----Continente, a primer riesgo 3. 000€

    ----Defensa 8. 000€

    La prima anual de su seguro (impuestos y consorcio incluidos) ascenderá a 114. 22€ (dato real)

    (*) Por existir estas coberturas (de múltiples riesgos) al continente y para no duplicar costos, le sugiero que usted, en equipo con su propietaria, gestione el multihogar con la misma aseguradora de su casera. Ambas partes pueden beneficiarse.

    Confío en que lo que antecede le sea de utilidad.

    Karlangas.

    24. 11. 2011

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Sí es legal, pero es que además es muy aconsejable, pues si os dejáis un grifo abierto, por ejemplo, los responsables civiles sois vosotros, y si no tenéis un seguro que os cubra responsabilidad civil tendréis que abonarlo de vuestro bolsillo.

    El propietario es aconsejable que tenga un seguro de continente, y vosotros de contenido. Aunque el propietario tuviera un seguro de contenido, si las cosas no són suyas, el seguro no las va a cubrir, al igual q no cubriría nada que fuera culpa vuestra. Al arrendador se le repondría, pero luego la compañia os demandaría a vosotros pidiendo el monto

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
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