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r

inquilino/a

¿A quién le corresponde pagar el canon de la calefacción y del agua caliente, o sea los mínimos sin consumo?
Al dueño o el inquilino? el propietario paga la comunidad y el canon esté en el recibo de comunidad. Antes me pasaba solo lo que consumía, el gasto de calefacción y de agua caliente, pero ahora quiere que le pague también el canon de la calefacción y del agua caliente más el gasto también de consumo. A quién le corresponde pagar los mínimos sin consumo , osea el canon?
  • Preguntado por: r
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
Juan ha sido el primero en contestar
Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan

    profesional

    Insisto en que la ley no se interpreta con una calculadora. Por tanto la cuestión no es durante cuántos meses se haya venido manteniendo una actitud.

    Pero resulta preocupante para mí, que no hago sino aconsejar a quien luego tiene que decidir, ver que lo que hace cinco días eran años hoy se mide por meses. Eso ha ocurrido en las dos últimas intervenciones de este usuario. Si se habla de "años" hay que entender qué menos que 12 meses, pues se puede comprender que varios años se queden en uno, pero que varios años se queden en meses que no llegan a un año, es inclinar demasiado los hechos.

    En cualquier caso, la decisión a partir de ahora es del usuario, que si guarda recibos del arrendador durante muchos meses, aunque no lleguen al año, podrá mantener la misma respuesta.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • r

    inquilino/a

    ¿Cuánto es el tiempo suficiente para no poder ahora exigirlo?¿cuántos meses tiene que haber estado el propietario asumiendo esos gastos de canon, para que ahora no pueda exigirlos?
    • Respondido por: r
    • Hace 15 años
  • Juan

    profesional

    El arrendador está interpretando que los gastos que genera la calefacción y el agua caliente son por cuenta del arrendatario. Lo que hace es agarrarse al artículo 20.3 de la Ley de arrendamientos urbanos, que dice "Los gastos por servicios con que cuente la finca arrendada que se individualicen mediante aparatos contadores serán en todo caso de cuenta del arrendatario."

    Pero aun admitiendo a efectos dialécticos que los gastos en cuestión pertenezcan al grupo del artículo 20.3, la ley permite modificar esa norma siempre que beneficie al arrendatario (artículo 6 Lau). Por tanto hay que volver al contrato y a los actos posteriores de ambas partes, como los detalles de los recibos que nos cuenta "r" en su última intervención. En resumen, en el contrato hay una cláusula genérica, de dudosa validez respecto a ciertos gastos fijos por no estar cuantificados. La interpretación contraria de que esos gastos no requieren cuantificación previa por ser gastos de consumo individualizables pierde sentido al ver que durante años el arrendador los ha excluido expresa y pormenorizadamente en la copia del recibo de comunidad que repercute en el arrendatario. En consecuencia, sea cual sea la calificación de esos conceptos, el arrendador los ha asumido durante el tiempo suficiente para no poder ahora exigirlos.

    Pero la ley no se interpreta con calculadora, sino con seres humanos con estados de ánimo y maneras de pensar siempre cambiantes, por lo que cualquier disputa ante tribunales conlleva riesgo y esta especialmente.

    Tienes una pregunta muy similar aquí también: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/alquiler-pisos-pagar-canon-calefaccion_4123.html
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • r

    inquilino/a

    En los primeros recibos sólo me ponía el gasto, la suma del gasto de calefacción+ el gasto de agua caliente , además me lo escribía de su letra en la copia que me mandaba del recibo de comunidad, y me lo subrayaba en el recibo el gasto de agua caliente y calefacción, pero no me ponía nada del canon. Ahora le he pagado algunos recibos con el canon aunque yo no estaba de acuerdo con pagárselo porque antes no me lo pasaba, y no entendía porqué me lo pasa ahora, además que me suponen 23€ más al mes con los que no contaba. Pero se los pagué porque el propietario insistía en llamarme para que le pagara el canon también, y le dije que no me parecía bien, que antes no me lo pasaba y él me dijo que a partir de ahora me lo iba a pasar. ¿Puedo negarme a pagarle el canon? ya le he pagado dos o tres recibos con el canon, antes estuve años pagándole sólo el gasto, ¿qué podría pasar si no se lo pago? ¿qué puedo decirle al propietario para que no me lo reclame?
    • Respondido por: r
    • Hace 15 años
  • Juan

    profesional

    Si el contrato no dice lo contrario, corresponde al arrendador. El hecho de que hasta ahora el arrendatario no haya pagado esos gastos fijos juega a su favor en caso de duda, porque los gastos de comunidad, consumos aparte, no pueden subir más que anualmente y nunca en una proporción superior al doble del IPC anual.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
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