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Buenas tardes:
Hace 3 semanas que entramos a vivir en un ático y nos hemos dado cuenta que en las dos terrazas que nos corresponden hay 3 avisperos en sitios diferentes entre las vigas dos de ellos y otro en la ventana del cuarto superior que da a la terraza de atras. Si nosotros acabamos de entrar en la vivienda quien debe hacerse cargo de la fumigación?
Muchas gracias por adelantado.
Claro Piscis, es verdad eso que dices de que las cucarachas no son lo mismo que las avispas. Yo también lo había pensado. Pero el problema es que creo sinceramente que eso es un argumento a favor de que lo pague el casero, y ello por el siguiente motivo: si las cucarachas estan dentro de la casa pudieran ser culpa del inquilino a pesar de lo cual la sentencia dice que terminan siendo responsabilidad del casero, luego entonces con mayor razón serán de su cargo unas avispas que por estar fuera nunca han podido ser provocadas por el inquilino que está dentro.
Y lo de que es más económico, depende y mucho. Si lo puede quitar el inquilino quizás, pero puede ser muy, muy peligroso, y el peligro nunca es barato. Si tiene que hacerlo un profesional ni te cuento. Pero hay otra cosa más: ¿que pasa si el año que viene vuelven a salir? ¿A que ya no es tan económico?
Podemos elucubrar mucho y eso está perfecto, pero nosotros no hacemos las normas, sino los jueces, y ahí está la Jurisprudencia que he citado. Ahí terminan las elucubraciones.
Unas cucarachas dentro de la casa, no son lo mismo que unas avispas en el exterior, ni tienen la misma fuente de alimentación.
A efectos prácticos resulta mas económico echar humo a las avispas y quitar el nido o encargar a álguien que lo haga, que meterse en pleitos que cuestan mucho dinero, duran años y sin resultado garantizado y mientras, las avispas siguen campando a sus anchas.
Alquilados, me permito citar a Pholmo. quién a pesar de ser abogado intenta evitar juicios de incierto resultado:
Reparación pequeña o sustitución por mal uso corresponde al inquilino, lo demás al casero, en la práctica puede dar lugar a problemas importantes entre casero e inquilino, el mejor consejo es llegar a una solución transaccional por aquello de "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes". Transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco.
Alquilados: yo tengo una sentencia que les da la razón a Uds. en línea con lo argumentado acerca de la falta de habitabilidad de la vivienda.
Es la sentencia de la sección 12.ª de la AP de Madrid, de fecha 23-03-2005 (Ref. El Derecho: EDJ 2005/163180) y cuyo resumen dice literalmente:
Según esta sentencia el coste le corresponde al propietario que es lo que les he dicho desde un principio, pero deben tener en cuenta que eso por sí sólo no les garantiza que si inician un pleito lo ganen seguro.
Las avispas, las arañas, las moscas y los mosquitos, es cosa del inquilino, el arrendador no es responsable de su tránsito o permanencia en la vivienda.
Aquí algo fundamental es saber cuánto cuesta eliminar los nidos.
Por cierto Alquilados: quiero contaros una cosa que me ocurrió en Lepe y que creo que podría ayudaros y la he recordado ahora mismo.
Resulta que en algunas localidades o CCAA las abejas (no las avispas) estan consideradas especie protegida, y recuerdo que en un Instituto apareció un panal de abejas y llamaron al Ayuntamiento, y se hicieron cargo GRATUITAMENTE por esa condición de especie protegida.
No se: igual en vuestro municipio ocurre algo parecido y el Ayuntamiento os solventa la papeleta sin necesidad de pleitos de ninguna clase.
Si Alquilados yo pienso eso mismo. E incluso en el caso de que llevaran varios años, dudo que debiera ser a su cargo, ya que considero que un avispero afecta directamente a las condiciones de habitabilidad de la vivienda, y eso es responsbilidad del casero segun el art. 21.1 LAU, a cuyo tenor:
El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.
Piscis tres acabamos de entrar en la vivienda me imagino que igual que tener en condiciones una caldera será esto también, otra cosa sería dentro de varios meses pero recien llegados tengo mis dudas.
Quitar el avispero, es a cargo del inquilino, con un bote de humo sacas las avispas y luego quitas el nido, pero, si no estás acostumbrado, ponte protección por si las avispas se enfadan contigo.
A su disposición.
Bueno yo digo fumigar ya que no se que otras opciones puede haber, ahora mismo no es que sean excesivamente grandes pero claro queríamos atarjar el problema antes que fuese a más.
Se lo comentaré aunque viendo las largas que me ha dado para otras reparaciones que deberían estar listas para cuando entramos a vivir no se que no podrá decir.
Muchas gracias por la respuesta.
Alqulados: en principio es un gasto que corresponde al casero.
Pero hay un detalle que debe tener en cuenta: si el casero se niega a fumigar y Ud. considera la posibilidad de demandarle tenga en cuenta que necesitará el dictámen de un perito que diga que efectivamente hay 3 "colmenas" y que hacen inhabitable la vivienda.