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ecymg

inquilino/a

¿Qué defensa puede tener el caso resumido en los detalles adjuntos? Muy agradecido y atentamente jjr

1.- casa alquilada hace mas de treinta años.

 

2.- no existe contrato por escrito (verbal).

 

3.- durante los treinta años el impuesto del ibi ha corrido por cuenta del arrendador incluido en el pago de la renta.

 

4.- los gasto de basura, luz y agua han estado siempre al corriente de pago por el arrendatario.

 

5.- al haber fallecido el arrendador el dia 3 de abril de 2010, las hijas y herederas, a los tres meses del fallecimiento, por medio de burofax requieren el pago de seis años anteriores del ibi, para demandar judicialmente y desahuciar.

  • Preguntado por: ecymg
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
mejuto ha sido el primero en contestar
  • mejuto

    inquilino/a

    Dicho pago no tiene carácter retroactivo, además que es un impuesto dirigido a la propiedad, ha de establecerse en el contrato dicho pago y la cuantía del mismo, di no pone en el contrato una de las dos cosas no podrán reclamar nada. Ustedes promulguen la prorroga forzosa del contrato y intentes fastidiar a las herederas

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 13 años
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