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PUEDO SOLICITAR LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ANTES DE LOS 6 MESES DE PERIODO MÍNIMO SI EL MISMO FIGURA A NOMBRE DE UNA PERSONA QUE RESULTA NO SER EL PROPIETARIO?
Estimado Sr. Hace unos meses firmé un contrato de alquiler, por un año, pactándose un periodo mínimo de 6 meses, y hubo buena fe por mi parte. El inmueble está bastante viejo, y he dado incidencias a la persona propietaria para que me arreglase una grieta en un techo, pero no lo ha hecho. Si ha incumplido su deber legal del art. 21 LAU, ¿puedo resolver el contrato antes de los 6 meses, y sin necesidad de preavisar de preavisar con 30 días? Otra cosa es que he solicitado nota simple al Registro de la Propiedad, y la vivienda no figura con la misma dirección del contrato, y no figura a nombre de esa persona. ¿Con eso puedo también resolver el contrato antes de los 6 meses y sin necesidad de preavisar con 30 días?
  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 7 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
Pelayo de Salvador ha sido elegida Mejor Respuesta
  • INQUILINITA

    inquilino/a

    Pero mi duda surge porque establecen la Ley y Reglamento hipotecario que las compraventas no inscritas en el Registro de la Propiedad no surten efectos frente a terceros,  y es que el Código Civil obliga a documentar las compra-ventas de inmuebles en escritura pública















    r
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hola.
    El inmueble ha podido ser vendido a su arrendador , y la venta no haber sido inscrita en el registro de la propiedad (no es obligatorio hacerlo)

    Puede pedirle a su arrendador, pruebas (certificación catastral, recibo IBI) de que es el actual propietrio o usufructuario
  • INQUILINITA

    inquilino/a

    Estimado Sr. En el contrato figura que esta persona es la propietaria (no figura como usufructuario ni como titular de otro derecho real), sin embargo, en la nota simple figura otra persona distinta, que ostenta el 100% de la titularidad de dicho inmueble.
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenos días, No puede aplicar directamente la resolución del contrato por que el arrendador no haya cumplido las obligaciones legales. Lo que debe es instar judicialmente al arrendador para que repare la grieta. En cuanto a la propiedad, será necesario revisar el contrato para ver en qué concepto se lo arrendó.
    Contacte con un abogado para que le asesore.
    Un saludo, www.desalvador.es
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