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sergio60

casero/a

Mis inquilinos molestan, ¿qué hago?

Buenas tardes.

Tengo el piso alquilado y mis inquilinos molestan a los vecinos, han llamado tres veces a la policia, la cual se a presentado alli? y me dicen que la comunidad va a denunciar. Contra quien va la denuncia o a quien perjudica? a mi como propietario del piso o a los inquilinos como actuales habitantes del piso?

  • Preguntado por: sergio60
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Domus ha sido el primero en contestar
Domus ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Para completar la información puede leer esto

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola sergio:

    en su caso existen 2 posibilidades:

    1º) Que por "denunciar" se entienda la interposición de una denuncia administrativa por ruido.

    2º) Que por "denunciar" se entienda la interposición de una Demanda civil basada en el artículo 7. 2 Ley de Propiedad Horizontal, cuya lectura le recomiendo encarecidamente. En este segundo supuesto usted también sería demandado junto a su arrendatario.

    Reciba un cordial saludo

     

    Despacho Armando García Fernández.

     

    email2: armandogarcia@ical.es

     

    http://letradosalquileres.es.tl

     

  • Domus

    Domus

    casero/a

    Lo único que puede hacer la comunidad frente a usted es una puesta formal en su conocimiento de las molestias que causas los inquilinos para que usted a su vez les advierta a ellos. Eso le proporcionará a usted "coartada", es decir prueba, para instar una resolución judicial de desahucio frente a los inquilinos por la causa del artículo 27.2 e) de la Ley de Arrendamientos: "Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas". Para cubrir su responsabilidad ante la Comunidad, notifíqueles esas quejas a sus inquilinos mediante burofax (correos), con aviso de recibo, advirtiéndoles de que las molestias que causan a los vecinos son causa de resolución del contrato.

    Quizá pueda apoyarse en los estatutos de la Comunidad, en cuyo caso también debe advertirselo a sus inquilinos.

    No caben más soluciones legales que esa, ni otra responsabilidad de usted frente a la Comunidad.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
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