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patriz

inquilino/a

¿Estoy obligado a compartir luz y agua con el inquilino de la planta baja?

Buenas tardes, Quisiera saber si estoy obligado a compartir la luz y el agua con el inquilino de la planta baja? Vivo en una finca unifamiliar (sin división horizontal), en la cual ocupo la "parte de la vivienda" y otro inquilino, que alquila la "parte del local en planta baja." Existen dos entradas independientes para cada uno, pero sólo hay un contador de luz y de agua para ambos (a mi nombre y situados en "mi parte").. Ante el inminente cambio del contador de la luz digital, nos vemos afectados por una reducción en la potencia suministrada (a 7,7 kw y que no podemos aumentar) para ambas "partes". En principio, estoy dispuesto a seguir compartiendo los suministros, pero temo que nos vayamos a "quedar cortos" con todos los inconvenientes que esto supone.. (¿saltará la general cada dos por tres?)... Mi pregunta es: ¿Hasta qué punto estoy obligado a seguir compartiendo los suministros? Y si fuera así, ¿qué potencia nos correspondería a cada uno? Y quizá también: Es legalmente posible arrendar una vivienda unifamiliar indivisible (o bien, ¿sin dividir por división horizontal en el ayuntamiento y notario?) Nb: debido a esto, es imposible pedir suministro y contadores individuales para cada uno... Muchísimas gracias!

  • Preguntado por: patriz
  • Hace 8 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • pepi

    inquilino/a

    Se puede si los inquilinos asi lo acuerdan en el contrato
    • Respondido por: pepi
    • Hace 8 años
  • pepi

    inquilino/a

    Se puede hacer si los inquilinos lo acuerdan en el contrato.
    • Respondido por: pepi
    • Hace 8 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    En todo caso, parece que su vivienda no tiene las licencias necesarias y que obedece a una división hecha "por las bravas", ya que de lo contrario, cada piso tendría su propio contador.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Otra cosa, si los dos arrendatarios intentais desgravaros el arrendamiento, podeis tener problemas, aseguraros que el arrendador a ingresado en hacienda las dos fianzas, y acudir a alguien que os asesore para hacerlo correctamente  y podáis desgravaros.

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Solo está obligado a pagar la luz y agua que esté en contador individual, por lo tanto, el arrendador es el que tendrá que pagar los consumos en este caso.
    Es legal arrendar la vivienda así, lo que no es legal es cobrar los consumos.
    En estos casos, los consumos tienen que estar incluidos en la cuota del arrendamiento.
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