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Anya

inquilino/a

¿Tiene derecho el propietario a reclamar al inquilino la penalización de un mes de alquiler hasta el término del contrato?

Hola,

Junto con mi herman estamos viviendo en un piso de alquiler desde los 7 años y medio, ahora este es el segundo contrato de 5 años que tenemos. Al final vamos a dejar el piso antes de que termine el contrato, es decir dentro de dos meses, finales de abril. La propietria ya esta avisada y la gestora tambien, en principio todo muy bien.

Ahora nos enteramos por la gestora que la propietaria tiene derecho de reclamarnos la penalizacion de un  mes hata el termino del contrato...esto es alguna ley nueva que ha salido? y si esto es cierto?

a ver si alguien nos puede ayudar, gracias

 

  • Preguntado por: Anya
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
Marta26 ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Paloma Gómez

    inquilino/a

    Puedes exponer, q, abandonas la vivienda, por no poder seguir pagando. De manera q, antes de deber, te vas como caballero. Ella sabrá entender, no le quedara mas remedio. Peor es q, vivan gratis. Y si lo alquila, a un precio actual, conseguirá pronto nuevos inquilinos. Q, vivirán de mil amores.

  • Marta26

    casero/a

    No es ninguna ley nueva. Sencillamente que si se pacta un contrato con duración de más de 5 años, si el inquilino quiere irse antes del plazo deberá indemnizar con un mes por cada año no cumplido.

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si en setiembre de 2008 pactaron un arriendo de cinco años, es patente que deben permanecer hasta setiembre 2013, si no están dispouestos a ello deberán indemnizar al propietario por ese incumplimiento, el importe de la indemnización será el que acuerden o el que decida el Juez.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • Anya

    inquilino/a

    Hola Jan, gracias por su respuesta rapida, a ver si esto le ayudara.

    fecha de celebracion del primer contrato es : 26. 09. 2003, contrato de 1 año prorrogable a 5 años.

    fecha de celebracion del segundo contrato es de : 19. 09. 2008, contrato por tiempo Cinco Años.

    Gracias

    Un Saludo Anya

    • Respondido por: Anya
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Anya:

    Por favor, exponga la fecha de celebración del primer contrato de arrendamiento así como la duración inicialmente pactada en el mismo. Asímismo exponga la fecha de celebración del último contrato de arrendamiento así como la duración inicialmente pactada en el mismo.

    Reciba un cordial saludo 

    Despacho Armando García Fernández.

     

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