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Latidos

inquilino/a

¿Cuanta indemnización me corresponde si he tenido que dejar mi piso de alquiler por obras?

Hola. Mi pregunta es por lo siguiente. Mis caseros decidieron hacer una obra en mi casa, reformar el baño, lo cual no era necesario, pero querían ponerlo más bonito.

Para ello tuve que mudarme a otro sitio durante 9 dias, lo que me llevó a hacer una mini mudanza y además dejar en mi casa a unos desconocidos para hacer la obra. Tengo entendido que me corresponde una indemnización por ello, lo que quiero saber es cuanto es el importe. Si alguien me puede ayudar...Muchas gracias

  • Preguntado por: Latidos
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Creo que la parte clave no es la que ha puesto amparo en negrita, sino el punto 1. El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arrendador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento.

    En su caso, como se podía esperar al finalizar el arrendamiento, no tiene derecho a nada, pues se podía haber opuesto a ellas.

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Artículo 22. Obras de mejora

    1. El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arrendador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento.

    2. El arrendador que se proponga realizar una de tales obras deberá notificar por escrito al arrendatario, al menos con tres meses de antelación, su naturaleza, comienzo, duración y coste previsible. Durante el plazo de un mes desde dicha notificación, el arrendatario podrá desistir del contrato, salvo que las obras no afecten o afecten de modo irrelevante a la vivienda arrendada. El arrendamiento se extinguirá en el plazo de dos meses a contar desde el desistimiento, durante los cuales no podrán comenzar las obras.

    3. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar.

     

    Pero todo esto deberíais haberlo pactado antes...Ahora no creo que lleguéis a un acuerdo pacífico...

    Además no entiendo muy bien ni que hayas tenido que irte fuera ni que hayas tenido que estar fuera nada menos que 9 días por UN BAÑO...

    En mi casa hicimos obra en el baño... y fueron 2 días... y se pudo usar el baño en algunos momentos del día (dejaban el wc superpuesto cuando se iban)

     

     

    Saludos - Papeleos Alquiler.

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