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ana58

inquilino/a

¿Es correcto actualizar anualmente la renta basándose en el IPC?

 

Actualización de la renta.- En el supuesto de prórroga voluntaria o legal del tiempo pactado y, en cualquier caso, durante la duración de la relación arrendaticia, se actualizará la renta anualmente aplicando a la correspondiente a la anualidad anterior, la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional de Precios de Consumo en el período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia el índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y, en las sucesivas, el que corresponda al último aplicado.

A tal efecto, se notificará a la parte arrendataria en el mes anterior a aquel en que proceda la actualización, el porcentaje a aplicar según haya sido publicado por el Instituto Nacional de Estadística.

 

  • Preguntado por: ana58
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
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