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Marion

inquilino/a

El propietario del piso que alquilo quiere venderlo. Cuál es el plazo antes del que me tendría que ir?
Vivo en un piso de alquiler desde febrero del 2008, con un contrato de 11 meses renovable. Hoy mismo me ha llamado el propietario para anunciarme que quiere venderlo, y que soy prefente para su compra. No pienso comprarlo, pero necesito saber si hay un plazo legal antes del que tenga que desalojar el piso.
  • Preguntado por: Marion
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
BUFETE JOVER ha sido el primero en contestar
  • Guimaraens Abogados

    profesional

    Apreciada Marion:

    Si tu contrato es un contrato de arrendamiento de vivienda, no tienes obligación de marcharte por ahora si no quieres.

    En primer lugar la Ley dispone que la duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

    Dicho lo anterior, la Ley también dispone que el adquiriente de una vivienda arrendada quedará subrogado en las obligaciones del arrendador durante los cinco primeros años de vigencia del contrato.

    Así pues, si tu arrendador vende la vivienda, el adquirente tendrá que soportar tu contrato de arrendamiento mientras esté vigente, y ésto aunque hayáis pactado en el contrato una cosa diferente ya que la LAU establece que cuando las partes hayan estipulado que la enajenación de la vivienda extinguirá el arrendamiento, el adquirente sólo deberá soportar el arrendamiento durante el tiempo que reste para el transcurso del plazo de cinco años.

    Guimaraens Abogados está a tu disposición para cualquier cosa que puedas necesitar.

    Atentamente,
    Guimaraens Abogados
    Bufete especializado en arrendamientos en general y en desahucios en particular
    Tramitamos procedimientos en toda España
    www.guimaraens.es
    Teléfonos: 93 4879483 – 655085046
    C/ Balmes nº 84 4ºB Barcelona
  • //Mfan

    inquilino/a

    No tienes plazo, si el contrato es de vivienda habitual la venta no es motivo de finalización del contrato, otra cosa es que nadie quiera comprar un piso con inquilino dentro.

    Como te ha indicado tienes derecho de tanteo, te lo debe ofrecer por escrito con la oferta del posible comprador, pero si quiere que te vayas deberá negociar contigo la salida, hazle ver que tu si quieres puedes quedarte hasta 5 años desde el incio del contrato.

    Mi opinión, lo mejor pactar una indemnizaciones, yo creo que un mes por año restante de contrato mas la devolución de la fianza integra más mínimo 2 meses de plazo es un trato justo.
    • Respondido por: //Mfan
    • Hace 15 años
  • BUFETE JOVER

    profesional

    Lo primero que tiene que tener presente es que por el hecho de que se venda el piso, no se extingue el contrato de alquiler que queda vigente, subrrogándose el nuevo propietario en los derechos y obligaciones del arrendador.

    Por tanto, hasta que no pasen los cinco primeros años de vigencia del contrato de arrendamiento, siempre y cuando cumpla con sus obligaciones como arrendatario, usted es intocable.

    Bufete Jurídico Jover
    www.jover-abogados.com
    E-mail: info@jover-abogados.com
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