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usuario eliminado

¿Puedo hacer el contrato de alquiler a nombre de dos personas?
O es mejor hacerlo solamente a nombre de un inquilino? Qué ventajas o desventajas hay en cada caso?
  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (22)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • pilar martínez-balle

    inquilino/a

    Hola, tengo casi un año alquilada y mi contrato está a nombre mío y de mi hija de 23 años, además me lo han hecho en una inmobiliaria y lo ha revisado mi abogado, por lo que estoy segura que sí se puede. Las ventajas no estoy muy clara, pero a nosotras nos lo exigieron así, supongo que a fin de garantizar al propietario nuestros pagos mensuales.

    Saludos,
  • Groo

    casero/a

    Hola, interesantísima la web, ¡Felicidades!
    Tengo esta clausula añadida al contrato, ¿sirve igual que el texto expuesto por Amparo BB? ¡Gracias!

    Décimo Tercera- Aval solidario: Se estipula en el presente contrato un Aval Solidario de D. Fulano Mengano Zutano, con DNI nº 12.345.678-A y domicilio a efectos de notificaciones en C/ 13 Rue del Percebe, para el pago de las mensualidades impagadas de renta y de los posibles desperfectos que el Arrendatario ocasione en el inmueble, firmando en conformidad el presente contrato en todas sus hojas.
    • Respondido por: Groo
    • Hace 14 años
  • Inmob. Casticor

    profesional

    El contrato de alquiler, no es que se pueda , es que se debe de hacer a nombre de todas aquellas personas que esten en el piso. Un saludo
  • arnaud

    casero/a

    Puedes hacer el contrato a nombre de 2 personas haciendo constar en el contrato los datos completos de las 2 personas y añadiendo "en adelante la parte arendataria solidaria" .

    Saludos.
    • Respondido por: arnaud
    • Hace 14 años
  • Lúa Vázquez

    profesional

    En caso de que sea más de una persona la que va a habitar en tu vivienda debes incluir el el contrato el nombre de ambas ya que en caso de que una de ellas abandone la vivienda, la otra parte arrendataria debe de responder por ambas partes. Es una garantía así para en arrendador, por lo que es bueno poner como titulares de contrato a todas las personas que vayan a habitar la vivienda.
  • Cesar Fdez

    profesional

    Tal y como te indica anteriormente, es cierto que la relación tiene que ser solidaria siempre, entre las partes arrendatarias.

    Debes tener muy en cuenta, que de las redacciones, buenas o malas, rigen las relaciones, por tanto, no es tan fácil, como voy a un estanco y me pillo un modelo básico, debemos sabes lo que pretendemos, ámbito y contenido, así nunca nos llevaremos sorpresas.

    En de una parte y otra, menciona las dos personas arrendatarias y la solidaridad en las obligaciones de ambas.

    Un saludo.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Puedes.

    Hay opiniones para todos los gustos. A mí me da un poco igual, y hago lo que ellos prefieran. Es algo que nunca me ha dado problemas.

    Pero si lo haces a nombre de más de una persona ... pon la cláusula así...

    Cláusula nro xx: De las Arrendatarias.
    El arrendamiento de la vivienda objeto del presente contrato se realiza de forma solidaria por todas y cada una de las arrendatarias y que, de igual forma, responden individual y solidariamente de todas y cada una de las obligaciones y gozan de los mismos derechos que posteriormente se citan, así como de aquellos que, de acuerdo a la Ley de Arrendamientos Urbanos, sean aplicables.
    ----
    De este modo queda muy clarito que ambas responden una por la otra, y que si una no paga ... deberá pagar la otra o el desahucio será para ambas ...
    Perdón que hable en femenino pero aplíquese al género que corresponda ... :-)
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