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patriz

inquilino/a

Aplazar o fraccionar el pago del ibi

Es posible aplazar o fraccionar el pago del ibi que va a nombre de la propietaria? Y es que se trata de 600€ (!) que por circunstancias no tengo (aún) ó en su totalidad. Una demanda judicial por impago en qué momento se podría hacer? Muchas gracias. Un saludo.

  • Preguntado por: patriz
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola:

    Solo añadir a la excelente respuesta de mi compañero Pedro que la no constancia del importe del ibi en el contrato, a efectos de si la misma es precisa o no para producir efectos jurídicos, es discutida en la Jurisprudencia.

    Reciba un cordial saludo 

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Paolo_x

    inquilino/a

    Patriz, 

    Tal y como indica pedro, si en el contrato no esta escrito que el ibi lo pagas tu y ademas cuanto es al año, no tienes que pagar un centimo.

    lee tu contrato a ver si realmente indica si debes pagar el ibi y la cantidad.

     

    ya nos dirás.

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 13 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Entiendo que en tu contrato consta expresamente que te obligas al pago del IBI y ademas viene expresada la cuantía de ese importe el año en que se firmo el contrato, ya que de no ser así no estarías obligada al pago. Lo digo más que nada porque parece que te sorprende el importe, que ya deberias conocer estar preaparada para asumir....

    Como el recibo viene a nombre de la propietaria solo ella esta legitimada, como sujeto pasivo que es, a solicitar el aplazamineto o fraccionamiento del pago. Si te reclama el importe a la presentación del recibo tienes la obligación de pagarlo en su totalidad y si no lo haces podrá, como cantidad asimilada a la renta, iniciar un procedimiento judicial de reclamación de deuda o de desahucio por falta de pago.

    Si la propietaria te permite fraccionarselo a ella te estará haciendo un favor, asi que pideselo que nunca esta de mas.... si no conoces ese importe porque no viene en el contrato puedes negarte al pago.

    Pedro Martínez

    ABOGADO

    5001@icagr.es

     

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