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virgilia

casero/a

Si el inquilino no paga tres mensualidades y se quedan sin trabajo
Hablé con el inquilino y me dijo que la ley está a su favor al quedarse sin trabajo no los podría tirar

El lunes boy a denunciarles por incumplimiento del contrato pero encima se rieron en mi cara diciendo que entre denuncias y juicios estarían en el piso dos años y si pagar nada, ¿qué hay de cierto en todo esto?
  • Preguntado por: virgilia
  • Hace 14 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (2)
Muelles ha sido el primero en contestar
Desahucios Ya ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Desahucios Ya

    Desahucios Ya

    profesional

    Hola,

    Si el inquilino no paga las mensualidades puede usted iniciar un procedimiento de desahucio, de modo que le tenga que abonar las cantidades pendientes, así como en caso de no poder abonarlas, resolver el contrato de alquiler y recuperar la vivienda.

    Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.

    Un saludo
    www.desahuciosya.com
    informacion@desahuciosya.com
    T.91.184.03.50
  • Muelles

    casero/a

    Nunca dejará de asombrarme la caradura y desfachatez que se gastan algunos especímenes... en fin.
    Virgilia, como dijo Jack, vayamos por partes.

    En primer lugar no haga caso de las afirmaciones de su inquilino, de ninguna manera la ley está de su parte, ni la justicia defiende a morosos ni obliga a ciudadanos a convertirse en una ONG. Por lo que, aunque no tenga trabajo ni ingresos, usted puede perfectamente desahuciarle, eso sí, con un poco de tiempo y algo de dinero por medio, como le explico a continuación.

    El primer paso sería enviarle un burofax con acuse de recibo detallando la deuda y requiriendole el pago en un plazo, por ejemplo, de 5 días. De no obtener respuesta, deberá presentar demanda (no denuncia) de desahucio por impago de renta y reclamación de cantidades ante el juzgado, para lo cual es obligatoria la representación por abogado y procurador (aquí aparece el dinerito del que le hablaba).

    Si presenta la demanda antes de los dos meses de la recepción del burofax, su inquilino podrá enervar la acción de desahucio (pagar antes del juicio la deuda y suspender el procedimiento). Esto sólo podrá hacerlo una vez. Si deja pasar dos meses entre el burofax y la demanda su inquilino no tendrá derecho a enervar y el desahucio seguirá adelante.

    Por último, en cuanto a los plazos de este tipo de procedimientos, en una ciudad grande como Madrid se suelen resolver en una media de 6-8 meses. En algunos casos excepcionales, como el mío, en que el inquilino se las sabe todas y usa todas las maniobras a su alcance para dilatar el proceso, puede demorarse hasta un año, pero le repito que esto no es lo normal.

    Pongase en contacto con un abogado para iniciar los trámites lo antes posible, suerte, y sobre todo paciencia, mucha paciencia...
    • Respondido por: Muelles
    • Hace 14 años
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