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Aice-Eder

inquilino/a

Me traslado de ciudad por motivos laborales, me gustaría recuperar la fianza completa. ¿Alguien me puede orientar? Gracias.

Tengo un apartamento alquilado desde mayo de 2011, como se acaba de renovar el contrato quiero saber si he de indemnizar al propietario, en ese caso de qué cantidad se trataría.

También he pensado como solución alquilar a mi vez el apartamento hasta junio del año que viene que es cuando se renueva el contrato y así recuperar la fianza completa: ¿si no hay ninguna cláusula en el contrato que impida "realquilar", puede el propietario negarse a este realquiler?.

Si consigo una persona para realquilar, ¿puedo cobrarle más de lo que yo pago al propietario?.

Gracias por anticipado.

  • Preguntado por: Aice-Eder
  • Hace 11 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Aice-Eder

    inquilino/a

    Muchas gracias a los dos. Pholmo, muy útil toda tu información.

    Voy a intentar llegar a un acuerdo con el arrendador.

    Amparo, no es por cambios en la empresa, es porque estoy en el paro y me ofrecen empleo fuera. Espero que el casero comprenda esta situación sin tener que llegar a juicios, etc. Gracias igualmente.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El subarriendo está prohibido, salvo autorización previa y escrita del arrendador.

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique,  que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Realquilar está prohibido si no se permite expresamente en el contrato.

    Si te vas antes de la anualidad, no solo puedes perder la fianza, sino que puedes ser demandado por incumplimiento de contrato.

    Te toca negociar con tu arrendador, y, si no consigues llegar a un acuerdo, habla con tu em pre sa a ver si te quiere pagar la indemnización que te cueste dejar ese piso.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler.

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