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jose

inquilino/a

rescisión contrato
El 01/11/2018 firmé un contrato de alquiler de una casa, por una duración de 5 años, con la obligación de estar un año obligatorio. Sólo hace referencia a pagar una indemnización si al cabo de los 5 años o de sus prórrogas, rescindimos el contrato sin avisar dos meses antes. Ahora bien, hoy nos hemos levantado y nos hemos encontrado a la policía y los bomberos en la puerta de la casa, porque un árbol (un pino enorme) del vecino, se ha caído y se ha llevado por delante un poste telefónico (de los de cemento) y han caído en la fachada de la casa, rompiendo una parte del muro. No se ha caído por viento, ni fenómenos ambientales, sino porque no están cuidados, el vecino tiene un bosque es su parcela. Menos mal que no se han caído cuando salíamos de casa, ni se han caído encima de los coches que tenemos aparcados delante de la puerta. Ahora, no nos sentimos seguros en esta casa, ya que el vecino tiene un montón de árboles altos, que no sabemos si se van a seguir cayendo o no. Mi pregunta es:
- ¿Podemos rescindir el contrato por este motivo? En caso afirmativo, ¿tendríamos que pagar indemnización a los propietarios?
Por otro lado, el artículo 11 de la LAU, dice que el inquilino podrá rescindir el contrato pasados seis meses desde la firma del mismo, pagando un mes de renta por año que quede de contrato. En mi caso, tendría que pagar la parte proporcional hasta que haga el año (01/11/2019), o ¿como quedan 4 años de contrato (firmé 5 años), serían 4 mensualidades y el proporcional del primer año? Muchas gracias
  • Preguntado por: jose
  • Hace 4 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Mònica

    Mònica

    inquilino/a

    Buenas tardes,  La indemnización por desistimiento del contrato que preve la LAU solo es exiguible si se preve expresamente en el contrato ¿En su contrato de arrendamiento que pone en la cláusula de desistimiento? ¿Se dice algo de la indemnización? Seria necesaria ver dicha cláusula para poder darle una respuesta.  En caso de no estar en el contrato, usted puede desistir del contrato sin abonar indemnización alguna. 
    https://www.picon-advocats.com/
    Saludo.s 


    • Respondido por: Mònica
    • Hace 4 años
  • Victor G

    inquilino/a

    Para que el inquilino pueda romper el contrato y no pagar indemnización, sólo caben los supuestos previstos en los artículos 26 y 27 de la LAU.
    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003#a26
    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003#a27

    Yo que usted consultaría un abogado. En principio la rescisión sólo podría hacerse cuando la vivienda ya sea inhabitable, pero quizá (y sólo quizá, es mi humilde opinión) haya un resquicio en el caso de que un perito pueda acreditar que la falta de mantenimiento de esos árboles supone un riesgo para la vivienda y usted mismo.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Efectivamente, como firmó 5 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Efectivamente, cumplidos los seis meses,  desistir le costaría 4 mensualidades la parte proporcional del primer año
                        


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