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ALY028

inquilino/a

Quiero dejar el piso dentro de 2 meses, llevo 4. El contrato es 1 año. Aporté un aval bancario, como lo recupero?

Hola

El contrato es 1 año y la permanencia mínima 6 meses.

Aporté un aval equivalente a 6 meses.

Si rescindimos el contrato me lo tiene que devolver integro? Como hago?

En el apartado aval del contrato pone esto:

A la firma del presente contrato y como garantía del
cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, la
parte arrendataria entrega un aval.. por el banco.. quien se
compromete al pago de la renta debida en caso de que la
arrendataria incumpliese ésta obligación, o cualquier otra
pactada en el presente contrato. Dicho aval mantendrá su
vigencia, desde el día de su emisión hasta el transcurso de
los treinta (30) siguientes posteriores a la fecha en que,
extinguido el contrato de arrendamiento, ya sea por
expiración del plazo convenido, por acuerdo entre las
partes o por resolución judicial, la parte arrendadora
reciba nuevamente la posesión jurídica y la entrega
material del inmueble arrendado, siendo motivo de extinción
de este contrato la no renovación del aval.

Gracias

  • Preguntado por: ALY028
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
javier diez ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • ALY028

    inquilino/a

    Entonces la indemnización solo sería de media fianza, no?

    y yo recuperaría el aval integro. Porque aunque desista el contrato de 1 año, no lo estoy incumpliendo porque he estado 6 meses.

    he entendido bien?

    una pregunta mas, para dejar constancia al casero de que quiero dejar el piso que me recomienda? Un burofax?

     

    gracias!

    • Respondido por: ALY028
    • Hace 10 años
  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Art 11: El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.

    Compruebe que en el contrato no hay cláusula indemnizatoria. Avise con un mes de antelación. Y cuando entregue la vivienda, que le hagan un documento conforme el piso no tiene ningún desperfecto y que usted no debe nada por renta, suministros, etc. Entoneces podrá recuperar el aval, según la cláusula.

    www.abogadoarrendamientos.com

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Es de obligado cumplimiento los seis primeros meses.

    Te podrán penalizar con lo estipulado en contrato,por incumplimiento.

    El aval (que está muy mal realizado) se deberá devolver a la firma del documento de entrega de llaves,en el que debes evitar que el casero anote desperfectos.La fianza te la deberá devolver transcurridos 30 días de dicha firma,descontando los diferentes consumos

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