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yolanda

inquilino/a

pueden echarme del piso?
hola, les conté que soy inquilina de renta antigua ,que soy la tercera generación  ,primero mis abuelos luego mis padres y ahora yo ,mi madre falleció en septiembre 2015 ,a los 2 meses mas o menos vino la dueña del piso y me dijo que me iba a subir a la renta ,yo le dije que en ese momento no podía porque estoy trabajando a media jornada en una empresa de limpieza ,al poco tiempo volvió con su cuñada y me dijo que querían vender el piso ,y me escribieron en un papel el precio del piso según su valor catastral ,como se imaginarán no puedo comprarle ,después ya que no podía ni comprar ni subirme el alquiler me dijo que tenía que dejar el piso ,me mando un buro fáx a través de un abogado que tenía que abandonar el piso el 31 de enero 2016 ,hable con ella y la dije que yo no tengo donde ir y  me dijo que me daba de plazo hasta marzo ,yo por desgracia sigo en la misma situación laboral y económica ,ahora me la encontré por la calle y le explique que me diera un poco mas de tiempo y me dijo que ya pasaría para hacerme un contrato de 11 meses ,y mis preguntas son ,porque exactamente de 11 meses ?? cuanto me pueden subir de renta??;tengo que decirles que en esta piso jamás han hecho ni una sola reforma  ,que todas las mejoras se hicieron por cuenta nuestra ,cuando ellos decidieron dejarnos hacerlas ,llevo viviendo 55 años , que puedo hacer? debería de ir aun abogado? no tengo donde meterme con muebles y todo lo que tengo ,toda una vida , podría  consultar con un abogado de oficio de mi ciudad?? saludos
  • Preguntado por: yolanda
  • Hace 8 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hola Yolanda... 
    Si tiene más de 25 años y no tiene una minusvalía superior al 65% parece que caece de título para habitar esa vivienda.
    Si su arrendadora le ofrece hacer un contrato de 11 meses es porque en su ignorancia cree que haciéndolo de 11 meses no puede quedarse usted hasta 3 años que es lo que marca la ley actual.
    No obstante como no le ha dicho a qué precio va a ser... yo que usted iría mirando otras viviendas ... solo por si acaso...
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Yolanda abogado de oficio, o sea gratuito, no le van a dar para consultar, tal como relata los hechos parece quese le aplicaría lo que señala la ley: El contrato se extinguirá al fallecimiento del subrogado, salvo que lo fuera un hijo del arrendatario no afectado por una minusvalía igual o superior al sesenta y cinco por ciento, en cuyo caso se extinguirá a los dos años o en la fecha en que el subrogado cumpla veinticinco años, si ésta fuese posterior.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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