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Miguel B.

inquilino/a

Procedimiento entrega de llaves y devolución fianza en un alquiler por un año.

Mi hija ha sido inquilina como estudiante de un piso que alquilamos a través de una agencia inmobiliaria. ¿Cómo debemos proceder para la entrega de llaves y devolución de la fianza si el contacto es a través de la agencia y no con el dueño? ¿Es indiferente a estos efectos que haya sido alquilado por agencia? ¿Conviene que hagamos fotos del piso antes de entregar las llaves? ¿Si se argumentara desperfectos en el piso quíen y cómo tiene que aportar las pruebas del estado final del piso? ¿Habría que demostrar que nosotros no hemos causado dichos desperfectos o descuidos? En caso de no devolución, sin causa material justificada, del importe de la fianza ¿qué es más recomendable (la fianza es de 350 euros) a la hora de proceder para reclamar?

  • Preguntado por: Miguel B.
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
javier diez ha sido el primero en contestar
Pedro Martinez Mtnez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Al término del arriendo es inexcusable que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves, en cuyo documento se harán constar, si procede, los desperfectos o deterioros imputables al inquilino que haya sufrido la vivienda, así como las deudas pendientes por alquileres o consumos, que servirán de base para su descuento de la fianza. De estos datos se extraerá la posibilidad o no  de reclamar la totalidad de la fianza con intereses de demora.

    En este enlace: http://pedrohernandezabogado.com/2011/01/el-finiquito-del-alquiler.html tiene ampliada la información que le interesa.

    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Para evvitar problemas lo que procede es notificar de forma fehaciente que no se renueva el contrato ( de lo contrario la prorroga es automatica y con ello la obligacion de pagar un año mas), firmar un documento de finalizacion de contrato y  asesorarse por un abogado tanto para redactar este como para un posible incumplimiento posterior del casero.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Para poder cobrar la fianza,debe su hija cumplir los sguientes puntos SÍ o   Sí:

    1   Estar al día de todos los pagos

    2   Avisar fehaciente mente 30 días antes del cumpleaños del contrato de que te vas

    3   No utilizar la fianza como pago de ningún mes

    4   Es imprescindible firmar el documento de entrega de llaves,en el que se debe evitar que el casero anote desperfectos

    Una vez transcurridos 30 días de la firma de dicho documento el casero devolverá la fianza descontando los consumos pendientes de pago,agua,luz,gas,tlf..etc

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