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AMATISTA

inquilino/a

¿Recupero la fianza antes de acabar la renovación del contrato?

Cambié la puerta por una blindada: ¿puedo llevármela al siguiente piso habiéndoselo comunicado al propietario y no recibiendo compensación económica?

  • Preguntado por: AMATISTA
  • Hace 14 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • livia

    inquilino/a

    Las mejoras realizadas en la finca quedan en beneficio de ésta.

    ¿Qué piensas hacer con la puerta blindada?. Ten en cuenta  que tambien tendrás que desmontar el marco y para eso necesitarás albañiles. Estos dejarán partes con ladrillo visto o cemento. Después tendrás que colocar el marco de la puerta anterior y después pintar para reponer todo al mismo estado que lo encontraste.

    Suponiendo que todo esto te compense , después ¿qué haces con la puerta?.  Trasportarla , pesa un montón. Otra vez desmontar la puerta original de tu nueva casa, montar el marco, mas albañiles, mas pintores... etc, etc. y asi de casa en casa. ¿de verdad eso compensa?.

    UFFFFF una puerta blindada no es un plasma o un micro ondas

    En fin, lo malo de tener siempre los ojos puestos, hay que leer cada cosa.

    Este mensaje puede pasar a la antologia de los "mejores" del foro.

    Pedonad pero no lo puedo evitar, no puuuuedoo con la vida, me, me? parto  pataspabajo.

    Es buenísimo

    • Respondido por: livia
    • Hace 14 años
  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    Si repone usted la puerta anterior que había en la vivienda, en el mismo estado en que se la encontró, puede disponer de su puerta blindada como guste.

     

    Si no puede reponerla, entonces se trata de una mejora que usted ha realizado en la vivienda por su cuenta, y el propietario no tiene porqué indemnizarle por ello.

     

    Saludos cordiales.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si lo que quiere decir es que no va a cumplir el palzo pactado en mis post
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html y
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición para cualquier asesoramiento complementario.

    En cuanto a llevarse la puerta si coloca y deja le que estaba antes funcionando no veo problema.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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