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Zayra

inquilino/a

¿Puede el casero denunciarme por impago de una mensualidad si no declara su vivienda?

Se finaliza el contrato de alquiler a finales de marzo, intentamos llegar a un acuerdo con los caseros de no pagar esta ultima mensualidad por la fianza, al principio nos dijeron que si, a los dias rectificaron y ahora nos obligan a pagar dicha mensualidad, pero tenemos miedo a perder la fianza. Como tenemos dudas sobre como actuar, nos han llamado para decirnos que van a emprender acciones judiciales contra nosotras por medio de su seguro. Nos puede pasar algo si ellos no declaran su alquiler? Es mejor que paguemos y estar expuestas a perder la fianza? O no debemos preocuparnos y seguir con nuestra decisión de no pagar la ultima mensualidad? Ademas en nuestro contrato rige la ley antigua, por lo que no deberiamos preocuparnos, pero rige la antigua o la nueva ley en vigor?

Un saludo.

Muchas Gracias por adelantado.

  • Preguntado por: Zayra
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (5)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Marta26

    casero/a

    Es que no le veo lógica a la clausula, porque si te no le pagas el último mes tiene que resignarse y perder ese mes?

    Más que nada que la fianza en ningún caso se podrá usar para pagar el mes, porque está por si habeis roto alguna cosa o teneis suministros sin pagar, porque en el momento que os vais quedan sin pagar todos, porque van a mes vencidos y incluso algunos los hay trimestrales.

    Lo que teneis que hacer es cuando os vais del piso redactar un contrato de fin de arrendamiento y entrega de llaves en dodne hagais constar el estado del piso, los suministros y lo que acordeis que os entregue vuestro casero, auqnue normalmente se acuerda que devolvemos la fianza menos las facturas de suministros. Que como llegan tarde, tenemos 30 días para devolveros la fianza. Si pasado este plazo no os lo devuelve lo tendríais que denunciar

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
  • Zayra

    inquilino/a

    Lo que no entiendo es por qué tenemos un contrato firmado que ahora resulta que no sirve para nada, puesto que tenemos una cláusula donde también dice "que para emprender acciones judiciales deberá haber incurrido en falta de pago en dos o más meses de alquiler". Nosotros tenemos todos los pagos al día del 1 al 5 de cada mes, al igual que todos los suministros de agua y luz pagados. ¿Esto tampoco es así ahora? Muchas Gracias por sus respuestas, sirven de gran ayuda.

    • Respondido por: Zayra
    • Hace 13 años
  • Zayra

    inquilino/a

    Lo que no entiendo es por qué tengo firmado un contrato que ahora resulta que no sirve para nada, puesto que también tenemos una cláusula donde dice "que para emprender acciones judiciales tendrá que haber incurrido en falta de pago en más de dos meses". Nosotras tenemos todos los pagos al día del 1 al 5 de cada mes, al igual que todos los suministros pagados. ¿Esto tampoco es así ahora? Muchas Gracias por las respuestas, han sido de gran ayuda.

    • Respondido por: Zayra
    • Hace 13 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    Decloarar a Hacienda la renta por parte del propietario es una obligación cuyo incumplimiento en nada te perjudica como inquilino, por lo que no puedes excusar el pago de la renta por esa razón.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    1. - el hecho d equ el arrendador no cumpla sus obligaciones fiscales en nada afecta para que pueda desahuciar y reclamar los alquileres judicialmente a su inquilino si no paga a su tiempo.

    2. - es mejor pagar porque esa es su obligación.

    3. - si no pagan, como queda dicho se exponen a una reclamación judicial de ese alquiler en el que además deberán pagar las costas causadas.

    4. - Tanto la ley antigua (trlau1964) como la actual (lau1964) reconocen al arrendador la facultad d ereclamar sus alquileres.

     para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil) 

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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