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Klaus

casero/a

El nuevo impuesto de recogida de basuras, ¿a quién corresponde el pago?
Soy propietaria de vivienda y tengo a una señora alquilada. Desearía saber qué dice la ley respecto al pago de este nuevo impuesto.
Muy agradecida.
Belén
  • Preguntado por: Klaus
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
LolaG ha sido el primero en contestar
LolaG ha sido elegida Mejor Respuesta
  • usuario eliminado

    Amparo aclaró una cuestión que indica al final quién debe pagar, al señalar que lo mismo se paga haya inquilino o no. Es lógico, paga quien es quien tenga una propiedad, y todas las propiedades deben contribuir con el impuesto sobre servicios comunales pues en la comunidad están, a no ser que se encuentre enclavada en residenciales especiales donde no son los servicios coumunitarios quienes se encargan de la prestación recayendo éste en una compañía privada, entonces si el inmueble no está registrado para que le regojan la basura debe de botarla quien esté a cargo por cuenta propia.
    Nada que, como bien señala Amparo, se debe pactar para evitar discusiones vanas.
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Yo creo que sí es una prestación de servicios individualizable, está clarísimo en el recibo que envía el Ayuntamiento. (No obstante, el dejarlo claro en el contrato evitará futuras disputas.)
    Sin embargo no es individualizable por contador, pero a pesar de ello, en el post que indica LolaG abajo, Juan expone que hay más sentencias que colocan la basura en el artículo 20-3 (siempre a cargo del inquilino) que el el 20-1 (a pactar y si no hay pacto en el contrato al dueño)
    Por el otro lado, este servicio es cobrado por el ayuntamiento tanto si existe un inquilino generador de basura como si el piso está cerrado.
    En fin, parece que aunque las Audiencias Provinciales se han inclinado más veces por tomarlo como un consumo y por tanto por cuenta del inquilino, al no ser todavía jurisprudencia, deberá, cuando no figure en el contrato, ser negociado entre las partes.
    O ir a juicio y llegar hasta el T.S. (bufffff)
  • usuario eliminado

    Al final no se pone de acuerdo la jurisprudencia e interpretan muchas veces acorde a las circunstancias y el lugar.
    No obstante al ser una prestación de servicios no individualizable (pueden pesar los sacos de basura a cada inqulino y cobrar una tasa por ello, entonces se individualiza), continúo diciendo no individualizable y que debe ser o '''puede ser mejor dicho, pactado'''. Si no hay pacto lo debe asumir el dueño.
    Eso es lo que deja a interpretar la LAU.
    A mi modesto entender y acudiendo a la lógica más formal debería ser el causante de los desechos quien asuma el pago.
    '''Si no hay inquilino que consuma no hay desecho que se genere'''. Eso debe ser acordado siempre entre las partes para evitar.
    De ser un juez en el uso de las facultades que le confiere su investidura, cuando no exista pacto lo declaro al dueño pagar por ser la legislación lo que indica y le sugiero a los implicados que acuerden ellos de buena voluntad no obstante el fallo acatar.
    un saludo.
    http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/2009/10/quien-paga-impuesto-de-basuras.html
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • usuario eliminado

    El dueño salvo pacto en contrario debe pagar esos servicios.

    En mi blog hay material sobre el tema.
    saludos.
    http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • LolaG

    casero/a

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