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Angelito

casero/a

¿Es legítimo desgravar una vivienda habitual por cambio de domicilio si en años anteriores has desgravado de otra distinta?
He cambiado de residencia habitual por matrimonio en 2008 (al 50% con mi esposa), la que ha sido mi vivienda habitual hasta ahora (100%) cumple el 3 año desde que la compré y me he desgravado los dos últimos años como primera vivienda pero este año me desgravaré de la nueva. He alquilado la anterior vivienda que tiene hipoteca, recibo de alquiler al año unos 6000 €, y de hipoteca he pagado en 2008: 4800 de intereses + 1500 de capital amortizado + 600 € al año de comunidad,+ 2 seguros (de vida y de hogar) por unos 450 € al año + ibi 230 €, resumiendo hay mas gastos que ingresos.

Mi inquilino tiene 30 años y comenta que no se va a desgravrar nada del alquiler ya que tiene una vivienda con hipoteca en otra comunidad y vive aquí eventualmente por motivos de trabajo.

¿Si declaro la vivienda como alquilada (sería lo correcto) me puede perjudicar en la declaración de este año? A priori sin incluir nada de la vivienda alquilada me sale a devolver unos 900 € aprox. de la nueva
  • Preguntado por: Angelito
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
JOSE LUIS COSTA ha sido el primero en contestar
JOSE LUIS COSTA ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Hay que hacer algunas precisiones:
    Los alquileres son rendimientos inmobiliarios, no mobiliarios.
    Los intereses del préstamo sobre ese inmueble se deducen de esos ingresos no como deducción por vivenda habitual.

    En mi blog pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • Angelito

    casero/a

    Mi intención es declarar todo de forma correcta, el cambio de residencia habitual está justificado ya que ha sido por cambio de estado civil, llevaré una fotocopia del libro de familia a la AEAT si es necesario. Se me olvidó comentar que el piso alquilado está en otra comunidad autonoma distinta de mi actual vivienda, por si afecta en algo. Partiendo de esto entiendo que debo incluir en la declaración los rendimientos de trabajo + rendimientos de capital mobiliario producidos por el alquiler del piso arrendado, aquí dudo algo pero creo que se refiere a (la diferencia entre gastos de hipoteca, etc..-ingresos inquilino) + rendimientos varios si los hubiera. Por otro lado en el apartado de deducción por vivienda habitual debo incluir los datos referentes a los intereses pagados en 2008 por la nueva vivienda (solo el 50%).

    De esta forma estaría correcto, legal independientemente si el resultado final es + ó -

    Muchas gracias por aclararme las dudas
    un saludo
    • Respondido por: Angelito
    • Hace 14 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En mi blog se establecen los parámetros generales de las deducciones por vivienda, tanto en compra como en alquiler, destacando que en todo caso ha de tratarse de la residencia habitual del contribuyente, es decir no cabe deducción sin cumplir esta circunstancia, facilmente comprobable por la AEAT.

    En mi blog pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • JOSE LUIS COSTA

    JOSE LUIS COSTA

    profesional

    Lo legal es declararte el 50 % de los ingresos de la vivienda arrendada como rendimientos del capital inmobiliario, deducirte la mitad de los gastos también y del resultado, deducirte a la deducción general del 50% en estos rendimientos. Si hay más gastos que ingresos, podrás deducirte el exceso en años posteriores. Si pasas de declararlo, puedes incurrir en sanción tributaria y en perder deducciones posibles ya que Hacienda qué datos tiene tuyos sobre la que actualmente es tu vivienda habitual.

    J.L.Costa, Abogado.
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