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Isabel Maria Perez

casero/a

El inquilino no ha pagado un recibo de suministros. ¿Qué perjuicio tiene el casero si se marcha debiéndolo?

Mi inquilino se ha marchado del piso sin pagar dos recibos del gas, estaban a su nombre, pero no sé si eso me puede perjudicar a mi. Muchas gracias.

  • Preguntado por: Isabel Maria Perez
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    • Isabel Maria Perez Los inquilinos no se marchan,se les deja ir (por no tener garantías recogidas)
  • usuario eliminado

    Vaya por delante que lo que le dice PHOLMO lleva toda la razón: es un riesgo que Ud. corre.

    Sin embargo yo tuve dos casos parecidos con la empresa del agua de Ceuta. Un inquilino se marcha debiendo 2 facturas de agua, y la empresa no quería hacerle el contrato a los nuevos inquilinos hasta que no pagarn la factura de los anteriores. Les hice una visita (por cierto eran simpatiquísimos y todo fue muybien) y les dije que el contrato anterior era con el anterior inquilino no con el nuevo y que no podían negarle el agua al nuevo por un fallo del anterior. Me hicieron caso. Luego volvieron a intentarlo, y basto con una llamada telefónica para que rectificaran. Y luego ya no ha vuelto a pasar. Por lo menos a mi cliente, no sé a los demás.

    Por tanto yo creo que en principio no podrían negarle el suministro al nuevo inquilino.

    De todas formas tenga cuidado, que en la práctica puede pasarle perfectamente lo que le está comentando PHOLMO, que no va nada descaminado, créame.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El riesgo es que la compañía corte el suministro y se niegue a restablecerlo hasta que no se le   pague ese recibo

    para ampliar o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,21eur. /min. Desde fijo; 1,57eur. /min. Desde Móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
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