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pituki25

casero/a

Soy inquilina de un piso y en el contrato pone esta clausula: es correcto? Debo pagarlo?

 

El arrendatario viene obligado al pago del 10% anual, o al porcentaje que en cada momento determine la Ley, del importe de las obras de reparación y conservación que realice la propiedad en la finca o vivienda arrendada (fachada, tuberias, ascensor, interfonos. ) y de las cuotas de contribuciones especiales de mejora que se impongan al inmueble; a las elevaciones de renta en los porcentajes y casos enumerados en el art. 99 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y las que en lo sucesivo se autoricen.

 

 

es decir, que las obras de la finca han cosatado a 3500€ por vecino y el dueño quiere que yo le pague el 10% es decir 350€ y que se los puedo pagar dividido en 12 meses.

  • Preguntado por: pituki25
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
  • Domus

    Domus

    casero/a

    Si el contrato es posterior a la fecha que dice Jan la cláusula es abusiva y se tiene por no puesta.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola pituki:

    presupongo que su contrato es de fecha anterior al 1-1-1995. Para poder determinar la eficacia de esa cláusula serñia preciso exainar el contrato y tener más datos.

    Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos quien, con el contrato, la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

     

     

    Reciba un cordial saludo 

    Despacho Armando García Fernández.

     

     

     

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