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lydiamarcos

inquilino/a

Tengo el piso alquilado a través de una agencia y ha cerrado. ¿Cómo hago para que me devuelvan la fianza?

La agencia ha cerrado... y hoy hemos llamado a los caseros para decirles que en febrero nos vamos... el no me ha dicho nada ni papeles ni nada... dice que el dinero esta en deposito y ese dinero lo tiene... pero he leido por aquí que tengo que firmar un papel... ese papel que pone??? pone algo de la fianza y todo eso??? es que es la primera vez... y por lo que he visto en la cara del casero creo que tambien... para irme del piso con mi fianza... que pegas me puede poner??? nunca hemos tenido problemas con ellos y incluso le he dejado el piso mejor de lo que estaba... me gustaria informarme sobre este asunto... porque tengo otro piso medio apalabrado pero para irme ahi necesito los euros!!! ayudarme por favor!!??

  • Preguntado por: lydiamarcos
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • lydiamarcos

    inquilino/a

    tengo un contrato de 5 años y llevo 3 años y medio... me voy del piso porque necesito estar al lado de mi madre para que me cuide a mi hijo de 1año... porque no tengo a nadie mas... ellos no me han puesto pegas... he avisado dos meses antes... ese papel lo tendria que firmar ya para poder irme en febro... otra pregunta.. cuando firme ese papel me tendre que ir ya? los caseros en verdad no me an dicho nada... os quedado el la semana que viene para hablar... tampoco quiero qu vengan y yo no saber nada de este tema... quiero estar preparada... mil gracias!

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Debe avisar de su salida con 30 dias de antelación, y solo puedes abandonar la vivienda en el cumpleaños del contrato o bien de común acuerdo entre las partes.

    En el momento de abandonar la vivienda, hay que firmar el contrato de fin de arrendamiento, y reflejar en este los desperfectos que haya o las incidencias, a los 30 dias de la firma de este contrato, el arrendador deberá devolver la fianza al arrendatario, y solo podrá descontar de esta lo reflejado en dicho contrato y los consumos de los suministros imputables a los arrendatarios.

    Saludos

    Oscar

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