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miriam longo

casero/a

¿Qué se descuenta de la fianza?

Hola, mis inquilinos me han avisado que se quieren marchar del piso y que me avisaran con un mes de antelación. Mi pregunta es en relación a la fianza. Al hacer el contrato se le dejó todo a estrenar y amueblado, recién pintado y se hizó relación (inventario) con fotografias de todo.

El caso es que no han pintado en 3 años que llevan viviendo y los muebles de la terraza que són de teca no le han hecho ningún tipo de mantenimiento. Debo descontarlo de la fianza?

Que se debe restar de la fianza y que se entiende por desgaste de uso?

Igualmente en una de las habitaciones me comentaron que habia una mancha de humedad, eso debo arreglarlo yo al ser propietaria?

Aún no he visto el estado del piso y aunque se que tengo un mes para devolver la fianza quiero asegurarme que debo descontar y que no.

GRacias

  • Preguntado por: miriam longo
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Contakto2011 ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    no hay obligación d entregar ni devolver el piso ni pintado ni limpio.

    El mantenimiento de los muebles debería ser avisado en contrato, pues puede llevar a desconocimiento y sería discutible a quién le pertoca.

    El problema de humedad seguro q a usted, no es achacable a los inquilinos a menos que hayan hecho una danza de la lluvia ( y haya surtido efecto) dentro de la habitación

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Contakto2011

    profesional

    Hay varios temas distintos que en parte van relacionados.

    Pintura: la pintura es un tema que no se puede reclamar en fianza si es falta de higiene, solo se podría reclamar si hubieran dáños esteticos en las paredes. (Detalle, mírate en la poliza de tu hogar, allí seguramente los podrás reclamar y te cubrirán).
    Muebles de Terraza: Lo mismo, si les falta barniz por el desgaste del uso y del sol, te toca asumirlo tú, como parte propietaria. Pero si están masl cuidados o rotos, se lo puedes reclamar a ellos.
    fianza: La fianza se debe restar de todo ello que cuesta reparar lo estropeado, nunca el importe de lo estropeado sin reparar y comprado nuevo de nuevo.
    desgaste: Es todo lo reclacionado como usado, pero con cuidado, nunca malintenconado ni con actos vandálicos.
    humedad: La humedad (posiblemente te lo cubre tu seguro), tiene que venir un técnico y hacer un informe de la causa de esta humedad. Si es falta de mantenimiento o de filtración de fachada, tejados, paredes medianeras, es de cargo de la parte propietaria. Pero si es de un mal uso o de no poner en conociemiento al dueño que había una fuga de humedad, habría que abonarlo la parte inquilina y se le podría retener la fianza y reclamar el resto en el juzgado o haciendo un contrato de finalización del contrato de alquiler con un renocimiento de deuda que queda pendiente de abonar por esta parte.

    Les puedes hacer un documento de retención de dinero de la fianza, en concepto de previsión de fondos por el importe pediente de facturar en los sumnisitros y así también juegas con el tiempo paralelamente en estos retaques que te cuestionas.

    para mas info contakto2011@hotmail.es

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