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usuario eliminado

Como descrubir si sus Inquilinos son de temporada o de vivienda habitual ?

Al vivir  zona turistica y por lo tanto los alquileres de inmuebles varian muchicimo si son  de vivienda habitual o por el contrario  se realizan con la sola intencion de venir a trabajar lo meses d verano . Desde que soy casero me encuentro que algunos inquilinos insisten en decir y confirmar por escrito que necesitan mi piso como vivienda habitual y que por lo tanto firman un contrato anual . Pero una vez  acabada la temporada de verano  se invental cualquier excusa ( y creanme que son muy imaginativas,,,,, ) para dejar el apartamento  habiendo pagado una renta muy inferior a la que habrian pagado siendo el contrato de temporada .Cuando la economia ha ido bien  no he tenido muchos problemas es ver venir a este tipo de personas y me blindaba de alguna manera pidiendo  doble fianza,contratos de trabajo ,extracto de cuentas etc ,, Desafortunadamente cada vez me es mas dificl "ver " a estos tipos ,, Algunos de vosotros tiene experiencias similares ??

  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (6)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
  • usuario eliminado

    Javier Diez . Precisamente por los tiempos que corren es cuando mas afino , creo eso ha quedado claro en mi pregunta inical .  Mi intencion era contactar con alguien que en mi mismo caso  compartiera sus ideas  de manera preventiva

    Lo que no entrindo son su puntos 2,3 y ultimo .

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    • jrueda Precísamente en estos tiempos tan dificiles que corren , es cuando más hay que esegurar las operaciones.
    • ¿no te percatas ,de todas las quejas por impago que hay en el foro?
    • ¿no te das cuenta de que todas son de muuuuuuuuuuchos meses de tardanza y por supuesto de pérdida?
    • ¡¡¡¡¡efectívamente,sigue alquilando a bote-pronto al primero que te diga que es formal y serio con los pagos!!!!!
  • usuario eliminado

    Gracias por las respuestas . Sr PhOlmo , Al estar en una isla pequeña como Menorca , no hay una gran agilidad en los Juzgados a la hora de tramitar estas denuncias . La unica que presente  hace un par de os , el juez fallo a mi favor pero aun asi , el denunciado se declaro insolvente  por lo que la efecucion de la sentencia  se ha quedado en papel mojado  ( no se si exactamente este fue el proceso en detalle ,  pero Ud como abogado sabe mejor como terminan estos casos .) Asesorandome , me han informado de los jucios monitorios  como alternativa  pero yo personalmente dudo de la eficacia si estas personas han vuelto ya a la peninsula o de donde vinieran . Como puede ver ,, no es que tenga gran confianza en la capacidad "real"  de los juzgados contra este tipo de gentuza . Y no es por que la ley este mal ,, pero la ley no puede cubrir todo .

     Pero mi pregunta se referia mas a una actuacion anterior al hecho de que se marchen a los cinco a seis meses , una vez haya pasado la temporada alta y asi haber pagado una renta totalmente inferior .  Javier Diez recomineda los 7 y 8 meses por adelantado . Eso es lo que hacia en la epoca de bonanza economica .  En los tiempos que corren , y debido al gran numero de inmuebles vacios y disponibles para la poca demanda  de alquiler anual en la isla  , no es factible . Las inmobilirias de la zona ya te indican que no hay demanda  suficiente para pedir por adelantado estos meses y por lo tanto termino con el apartamento vacio .

    En fin ,, sera que hay que esperar a mejores tiempos , con mejores perspectivas de trabajo  que traeran a mejores inquilinos ,,

    Gracias 

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactadoo cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

     

    • jrueda Es lo más sencillo del mundo ,ya que si desconfías,debes pedir un mes de fianza + 7-9 meses de aval.De esta forma,tienes garantizado por lo menos el primer año.
    • De todas las formas ,no te veo que te has puesto en contacto con un abogado para reclamar los meses que faltaban hasta los doce meses ,ya que los podías haber reclamado (otra cosa es que no sean solventes)
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola jrueda:

    le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

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