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Nautico

casero/a

Derecho del usufructuario

Buenos días, resulta que soy usufructuario de una vivienda y la tengo alquilada con un contrato adaptado a la LAU de 1964 donde el inquilino paga la renta acordada en el mismo. Posteriormente se acordo verbalmente que el inquilino pagase los gastos por obras que se den en el imnueble y la mitad de la contribución y así se recoge en los recibos que se le entrega mensualmente pero ahora no quiere pagarlo porque dice que no le corresponde hacerlo pero yo entiendo que sí lo ha aceptado en su día ahora no puede dejar de abonarlo ¿estoy en lo cierto?

 

Gracias

 

  • Preguntado por: Nautico
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (11)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Hola Náutico .-

    Si su denominación corresponde a su actividad o afición marinera, sabrá que los deseos de la travesía en la mar no es para confiar, ya que pueden surgir imprevistos tales como vientos, temporales o nieblas que alteren nuestras previsiones en la singladura.

    Pués lo mismo pasa en una contienda jurídica, en que podriamos decir, que del contrario y de la mar, jamás te debes fiar.

    Por ello, antes de iniciar un pleito, es mejor que, tal como le han aconsejado anteriormente, acuda a un abogado, el cual estudiará y preparará la demanda según lo más conveniente a sus intereses, y olvídese de actuar por su cuenta en un asunto en el que, pese a tener la apariencia de simple, pueda complicarse sin un previo estudio de la táctica a seguir por el general de la contienda, que será su abogado, el cual le indicará si puede solicitar el desahucio a la vista de los hechos y documentación aportada.

  • Nautico

    casero/a

    Si, le voy a hacer caso, claro que sí, pero es por tenerlo un poco claro. Sólo necesito saber si podría pedir el desahucio por falta de estas cantidades aunque este pagando la renta.

     

     

     

    gracias

    • Respondido por: Nautico
    • Hace 10 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Haz caso de lo que te ha aconsejado Jan pero ya mismo

  • Nautico

    casero/a

    Hola, buenas tardes, por favor, ¿podría deshauciar al inquilino por haber dejado de pagar las cantidades indicacas?. Ahora esta pagando unicamente la renta pero no abona los gastos de reparación del edicifio como hacía antes.

     

    Gracias

    • Respondido por: Nautico
    • Hace 10 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola nautico:

    Le sugiero que antes de enviar nada a su arrendatario contacte con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanosn para que revise la documentación y le asesore sobre la mejor forma de proceder.

    Reciba un cordial saludo

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Un burofax.

  • Nautico

    casero/a

    Muchas gracias voy a buscar la documentación que tengo para ver si puedo reclamar la deuda. ¿Sería aconsejable enviarle una carta certificada indicandole la deuda y el derecho que tengo para exiguirsela? ¿dónde puedo fundamentar mi derecho a pedirle la deuda?

     

    Un saludo

    • Respondido por: Nautico
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El nudo propietario nada tiene que decir en un contrato de arrendamiento enel que se cede el uso y el disfrute de la finca que corresponde al usufructuario, que normalmente será quien haya firmado ese contrato.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Nautico

    casero/a

    Gracias por tu ayuda. ¿Podría demandarle el usufructuario o sería necesario que participase también el nudo propietario?

     

    Un saludo

    • Respondido por: Nautico
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Coincido con Oscar, dependiendo del tiepo que haya transcurrido desde que empezó a pagar ahora no podrá 'echarse atrás' desde el punto de vista jurídico se aplicaría el principio de que 'Nadie puede ir contra sus propios actos'

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Si puede demostrar que lo ha estado pagando periódicamente, podrá demostrar que hay un contrato verbal al respecto, y este es tan válido como uno escrito.

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