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ROSA32

inquilino/a

En el contrato que firmé de alquiler hay una cláusula que pone que tengo que avisar con tres meses de antelación
Si les aviso con tres meses de antelacion me puedo ir del piso a pesar de haber pasado más de un año? me devolverá el fondo que entregue?, sé que ella no dispone de ese fondo que le dí, se lo ha gastado. gracias atentamente Rosa.
  • Preguntado por: ROSA32
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Desahucios Ya

    Desahucios Ya

    profesional

    Hola,

    Si preavisa con tres meses de antelación no figura en el contrato la obligación de cumplimiento del contrato, el arrendador estará obligado a devolverle la fianza, en caso de que exista obligación de cumplimiento de duración de contrato se puede entender que esa fianza no habría porqué devolverla y que se la podría quedar en concepto de indemnización.

    Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.

    Un saludo
    www.desahuciosya.com
    informacion@desahuciosya.com
    T.91.184.03.50
  • Daniela Gonzalez

    casero/a

    Pues está claro, si te quieres ir del piso, avisa con 3 meses de antelación y ya está, para eso está la cláusula. Te tendrá que devolver el fondo o fianza.

    ¿Por qué sabes que ella no dispone de ese fondo? ¿Por qué sabes que se lo ha gastado?

    Tú no sabes lo que la propietaria tiene en el banco o debajo del colchón. Además si se ha gastado ese dinero, eso tampoco te importa, dónde lo metió, lo declaró, lo ingresó, lo gastó, etc.. Lo que te interesa a ti es que la propietaria te devuelva el fondo o fianza.

    Recuerda que tiene hasta 1 mes, después que abandonas la vivienda, para devolvértelo.
  • EUROFIN ASESORES S.L

    profesional

    Si existe esa cláusula en el contrato, usted puede marcharse avisando con la antelacion pactada. La fianza siempre que este todo en buen estado debe devolvérsela en un mes máximo, si no puede reclamarla judicilamente.

    www.eurofin.es
  • Jaime Feiner Alonso

    profesional

    Estimada Rosa32.

    Si vd., cumple con todos los pactos contractuales y no deja desperfectos en el piso, el arrendador estará obligado a devolverle en un plazo máximo de un mes a la salida del inmueble la cantidad entregada en concepto de fianza. En caso contrario podrá reclamar dicha cantidad judicialmente incluidos las costas procesales y los intereses de demora correspondientes.

    Un cordial saludo
    Jaime Feiner
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Deber marcharte del piso en uno de los "cumpleaños" del contrato, avisando eso sí, con la antelación que hayáis pactado.
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