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Mª Dolores Rubio

casero/a

Un contrato de alquiler sepuede rescindir en cualquier momento pasados los 6 primeros meses?

Con fecha 28 de Abril de 2014 firmamos un contrato de alquiler por una duraciñon de 12 meses a partir del 1 de Mayo de 2014. Este mes se piden la rescisión del contrato a mitad de este mes para abandonar la vivienda el 1 de Febrero de 2014 y ademas me deben media mensualidad. Me lo han dicho verbalmente. No me han enviado carta para notificarlo, tal como les pedi. ¿Deben esperar a que acabe el año? En el contrato habla de prórrogas a partir de los 6 primeros meses.

  • Preguntado por: Mª Dolores Rubio
  • Hace 9 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Me permito corregir un lapsus de Oscar al poner involuntariamente en la primera línea de su respuesta, las palabras " el arrendador podrá rescindir " en vez de " el arrendatario podrá desistir " que és la que realmente corresponde.

    Para rescindir el contrato, precisas del consentimiento de la otra parte, lo cual es lo que te ha solicitado el arrendatario.

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    Una vez pasado los 6 meses, el arrendador podrá rescindir el contrato siempre que avise con 30 dias de antelación a dicha rescinsión, y lo haga de la manera adecuada (de forma fehaciente).

    Si el contrato se firmó para 12 meses, solo se podrá pedir una indemnización si se pacto en la firma del mismo, y esta no podrá exceder a la parte proporcional de un mes por año, si solo se pacto el periodo, y no se pacto la penalización, no podrá exigirla.

  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    La LAU permite al arrendatario desistir del contrato de arrendamiento una vez cumplidos los seis primeros meses, siempre que lo notifique a la arrendadora con treinta días de antelación a la fecha del cese.

    Si te dás por notificada verbalmente, puedes rescindir el contrato cuando quieras, previa liquidación de cuentas, pero atendiendo a la Ley, los treinta días vencen a mitad de Febrero.

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