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angel marin moreno

inquilino/a

Tengo contrato de alquiler desde 1983. Desde 1994 el arrendador me repercute el ibi. No consta por escrito pagar ibi

En el contrato de alquiler no hay ninguna clàusula que yo tuviera que pagar el ibi. Yo lo vengo pagando todos los años que me lo ha presentado. Este año es de 323 euros. Cada año sube muchìsimo. Es legal que yo pague el ibi?

por otro lado todos los años me actualiza la renta. Yo tengo unos ingresos totales de 1. 202 euros. Vivo solo. Esta cantidad no supera el 2. 5 del salario mínimo interprofesional. Es legal me actualice la renta?

muchas gracias. Espero respuesta

  • Preguntado por: angel marin moreno
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola angel:

    coincido con la excelente respuesta del sr Piscis tres.

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    El ibi se paga por mandato legal de la Disposición transitoria segunda, apartado c), 10. 2, lau 1994, aunque en el contrato no ponga nada. Es legal que pague el ibi.

    también puede actualizarle la renta, especialmente si se la actualizó en 1995.  disposición transitoria segunda, apartado d), lau 1994.

    www.abogadoarrendamientos.com

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    De acuerdo con Piscis

  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Supongo que en 1994 ya te explicaron que con la LAU del 24-11-94 (Ley 29/94) el arrendador podía repercutir al arrendatario el importe del IBI, por eso lo estás abonando y tienes que seguir haciendolo con los incrementos anuales y la actualización de la renta y todo ello, independientemente de tus ingresos y situación personal. 

    Lo único que puedes pedir es que un profesional experto en arrendamientos urbanos te revise para ver si te han aplicado correctamente las variaciones anuales del IPC y el importe del IBI que te cobran.

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