Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

kenia18

inquilino/a

Mi arrendatario no cumple con su parte del contrato pero me exige que le pague el alquiler. Qué puedo hacer?

hola a todos,a ver si me podeis aconsejar porque estoy desesperada,entre en el mes de junio a un piso de alquiler,firmemos el contrato en el que ponia que los gastos de la comunidad los paga el arrendatario,nos dijeron que el ascensor ya se pondria al llenarse mas el bloque,eran pisos de nueva construccion,he tenido que dar de alta la luz y el agua,pero lo mejor de todo es que nos cortaron la luz de la comunidad y estamos a oscuras cuando entramos al portal,tampoko tenemos el portero funcionando y el ascensor no anda..Los de la inmobiliaria me han dicho que no pague hasta que nos pongan las cosas que en el contrato pone que tenemos que tener asi que debo el mes de agosto y septiembre,que ha venido una mujer y me lo ha dicho que lo tengo que pagar como mucho en dos semanas y me ha dado una cuenta bancaria que es la del dueño del bloque,pero lo que me preocupa es que no se que hacer,pagar,no pagar,si puedo denunciarlo por no cumplir con su parte,informadme por favor,que debo hacer???:((

  • Preguntado por: kenia18
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Primero de todo, debe pagar, que los demás no cumplan con sus obligaciones no hace que nosotros tengamos derecho a saltarnos las nuestras. Y su obligación es pagar.

    Por otro lado, si en el contrato no especifica la cantidad a pagar de la comunidad, ese pacto es nulo y no tiene porqué abonar esa cantidad. Es decir, si en el contrato pone, por ejemplo "se abonará cada mes la cantidad de 400€ + gastos de comunidad", solo deberá pagar 400€. Si pusiera "Se abonará cada mes la cantidad de 400€ + 50€ de gastos de comunidad" deberá pagar 450€. Al ser obra nueva tengo mis dudas de que la comunidad esté constituida, con lo que no creo que en el contrato se haya reflejado la cantidad a abonar de comunidad.

    Es muy posible que la luz de la escalera la hayan cortado pq hayan dejado de suministrar "luz de obra", y tengan que darse de alta los contadores ( estoy especulando). Deben informar al propietario de que, de no solucionarse el problema a la mayor brevedad posible, se verán obligados a acudir a un juzgado y pedir la rescisión del contrato, con los gastos que eso conlleva.

    Del ascensor no se van a poder quejar, vaya por delante. Quizá sería conveniente que, entre todos los inquilinos, contratasen un abogado para que les represente legalmente y negocie más acertadamente y con más conocimientos para solucionar sus problemas lo más rápidamente posible.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Debe pagar, sino le pueden demandar por impago y tener serios problemas.

    Debe comunicar de manera fehaciente al arrendador de todas las cosas que no funcionan, y de la obligación de repararlas en un breve espacio de tiempo, si no lo hace, usted podrá pedirle la rescisión de contrato, y en caso de no aceptar deberá acudir a un abogado para intentar demandarlos por incumplimiento de contrato.

    Suerte

    Oscar

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El consejo de dejar de pagar el alquiler es lo mas desaconsejable que hay, si le ponen un desahucio por falta de pago en el mejor de los casos pagará loa alquileres y las costas, sin que pueda invocar esos 'desperfectos de la casa', para ese tema debe considerar que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas