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Antonio

casero/a

Deducción intereses y gastos financiación
Buenos días. Compré un piso en marzo que reformé para destinar a alquiler. El piso está arrendado desde septiembre. 
En la declaración del IRPF,  ¿debo indicar la "clave 3" en el uso de la vivienda, ya que desde marzo hasta agosto estuvo a disposición del propietario, mientras que de septiembre a diciembre estuvo arrendado, o por el contrario  debo consignar la "clave 1" ya  que su finalidad siempre ha sido arrendarlo?
Gracias!
  • Preguntado por: Antonio
  • Hace 6 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (2)
Antonio ha sido el primero en contestar
  • mgarcia

    profesional

    Es un poco lioso todo lo del alquiler de la vivienda a la hora de hacer la declaración y casi siempre podríamos deducirnos más, por eso yo estoy probando https://www.rentger.com/ y me han ayudado bastante
    • Respondido por: mgarcia
    • Hace 6 años
  • Antonio

    casero/a

    En la pregunta anterior, he olvidado la segunda parte:
    En marzo hice una hipoteca para la compra del piso. Los intereses y gastos que puedo deducir son únicamente los correspondientes a los meses de septiembre a diciembre o también los de marzo a agosto?
    Gracias!
    • Respondido por: Antonio
    • Hace 6 años
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