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Gabriela Cañon

inquilino/a

Tengo una pregunta muy usual, por lo cual observé la sección de preguntas y respuestas pero aún no me despejo de la duda

Vivo en un piso en alquiler pero no tengo contrato, es de forma verbal. Hace ya un par de meses se daño el calentador, y le he pedido a la propietaria su arreglo pero me argumenta que en España ese tipo de arreglos lo debo pagar yo. Yo no he tenido culpa en su deterioro, y quisiera saber a día de hoy quien debe pagar ese arreglo, Le agradezco inmensamente su respuesta.

 

  • Preguntado por: Gabriela Cañon
  • Hace 13 años
  • Categoría: Reformas
Respuestas (2)
marinaleda31 ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si se trata de una pequeña reparación debe pagarlo usted.

     

    Si se trata de una reparación importante:

    - Paga el inquilino si ha habido negligencia o uso inapropiado.

    - Paga el propietario en los demás casos.

     

    Deberán trazar la línea (para esta reparación y para futuras) que separe la pequeña reparación de la reparación importante.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler.

     

  • marinaleda31

    casero/a

    Bueno la ley es clara y no es clara en este asunto, el que tu contrato sea verbal o sea escrito no influye en nada en las obligaciones dle casero e inquilino.

     

    La LAU dice claramente que el inquilino debe satisfacer el deterioro de los elementos de la vivienda que se dañen por el uso cotidiano. Por tanto el calentador lo deberías pagar tu. Ahora bien si el calentador es antiguo y su sotura es por esto  y no por el uso deberá ser sustituido -por el casro- o deberás encontrar a un profesional que certifique que el daño del calentador es por su antiguedad y no por su uso.

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