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La inmobiliaria y yo firmamos un contrato conforme yo entregaba una paga y señal para reservar un piso, pero a los dos dias me llamaron diciendome que al final no lo alquilaban.
Mi pregunta es:
No me tienen que indemnizar por negarse despues de haber firmado el precontrato?
Habría que ver el documento que ha firmado, no sea que lo que pagó fueran los honorarios de la inmobiliaria, con lo que no sería unas arras.
un saludo
Hay un incumplimiento de contrato por lo tanto está obligada a indemnizar, esa indemnización bien puede ser la devolución duplicada de la señal, salvo que pueda acreditar daños y perjuicios por mayor cantidad.
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