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Maru83

inquilino/a

Dejar un piso con menos tiempo de previo aviso

Hola, tengo un piso en alquiler desde mayo de 2011, y por motivos profesionales debo irme del pais. He avisado a mi casero en cuanto he podido pero solo han sido 20 dias de antelacion. Entiendo que segun la LAU 11. Deberia pagarle una parte proporcional de 1/12 por el mes de anticipacion en que dejaria el piso, pero el quiere cobrarme la fianza entera por concepto de indemnizacion. 

En mi contrato se incluye esta clausula:

En caso de desistimiento y abandono de la vivienda por parte de el arrendatario, se establece la obligación de éste de indemnizar al arrendador por el importe correspondiente en rentas y cantidades complementarias que queden pendientes hasta el siguiente vencimiento anual desde que el arrendador haya tenido constancia de tal situación de abandono o renuncia unilateral, siempre y cuando no hubiera avisado el arrendatario con dos meses de antelación de dicho desistimiento.

Entiendo que el tiempo de aviso establecido en la ley es de solo un mes... Que puedo   Hacer?

  • Preguntado por: Maru83
  • Hace 10 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (22)
Maru83 ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Maru83 lo que es encomiable es que sepa valorar este esfuerzo y lo declare así publicamente. Gracias,

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    A su disposicion Maru.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Maru83

    inquilino/a

    Estoy sumamente agradecida con todos... Y las discusiones no son para nada ociosas, por el contrario, nos ayudan a nosotros los mortales a conoces todos los matices legales y a aprender un poco parabno meter la pata.

    muchas gracias de nuevo para todos

    • Respondido por: Maru83
    • Hace 10 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    En el oeste,el pistolero más callado,era el peligroso

  • usuario eliminado

    Pholmo: Pues la verdad es que llevas toda la razon.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    León el problema no es que Maru te lo haya agradecido, el problema es si no ha leido ninguna respuesta mas después de agradecer la tuya, estas polémicas son muy interesantes para nosotros pero me temo que los consultantes las consideren ociosas.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Si tienes dudas te recomiendo que leas el agradecimiento que me dedico Maru. No veo ningun agradecimiento hacia ti.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Jan: entre que la respuesta sea errónea y que tú opines que esa respuesta es errónea hay una diferencia aún más grande que aquella a la que tú erroneamente apuntas.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola león:

    entre simplificar una respuesta y dar una respuesta errónea hay una gran diferencia.

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

  • usuario eliminado

    Javier diez: lo que dices es cierto, por eso yo le respondí a Maru87 que tenía que pagar.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Ah, Jan, ya lo comprendo: si tienes razón.

    Lo que pasa es que como casi siempre me ocurre yo respondo pensando en que quien me pregunta no saba casi nada de derecho, y le simplifico mucho la respuesta, y a veces, parece que me estoy equivocando, cuando no es así.

    Yo vi que Maru87 estaba preocupada con el art. 11 LAU de ahora, y aunque en su época es cierto que el artículo no decía eso, lo cierto es que no quería atiborrar a Maru con demasiadas disquisiciones. Por eso lo que le digo es lo mismo que vosotros: que tiene que cumplir la cláusula, pero (en eso llevais razon) sin especificar que no le era de aplicación ese articulo 11 porque su redacción actual no era de aplicación cuando ella firmo el contrato. De todas formas para mi lo importante es que ella lo entienda, y de hecho si te fijas me da las gracias por la claridad. Eso es lo que yo busco.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola León:

    El contrato fue firmado en al año 2011 y, en ese año, la LAU no contemplaba ni expresa ni tácitamente una indemnización por desistimiento unilateral del arrendatario para los contratos de arrendamiento de vivienda con una duración incialmente pactada inferior a los 5 años.

    El 6-6-2013 entró en vigor la reforma de la LAU, la cual sí contempla expresamente una indemnización por desistimiento unilateral del arrendatario para los contratos de arrendamiento de vivienda con independencia de la duración incialmente pactada.

    Esa es la argumentación jurídica por la que no estaba conforme con parte de sus respuestas. En concreto, con las siguientes:

    "tú has firmado esa cláusula, y por lo tanto se aplica (en principio, insisto) en lugar de la que viene en la LAU."

    "Pholmo y Jan: eso es lo mismo que yo le he dicho a Maru83: que tiene que cumplir la cláusula. Que la lau no la protege (vigente la reforma de 13 o no). "


    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

     

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    León,si te fijas en la consulta ,hay un condicionante que le podría liberar del pago,cuando dice:"siempre y cuando no hubiera avisado el arrendatario con dos meses de antelación de dicho desistimiento." 
    Pero que no ha cumplido

  • usuario eliminado

    Jan: o no nos entendemos o a mi se me escapa algo. ¿qué decis que tiene que cumplir la clausula o que no?

    dice pholmo " maru83 está en la obligación de cumplir la clausula que pactó que es completamente legal. "

    evidentemente yo estoy de acuerdo con eso que dice pholmo, que tiene que cumplir la cláusula. ¿es eso lo que estais diciendo?

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    • Maru83 Entiendo que como no has avisado fehacientemente en tiempo,debes estar conforme en perder solamente la fianza,ya que te podría incluso reclamar los meses que falten hasta el cumpleaños del contrato,a no ser que se vuelva a alquilar
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