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Sra

Sra

inquilino/a

Con la nueva ley, puedo dejar el piso cada 6 meses?

Hola, hemos firmado el contrato del piso el 29. 07. 13 y entramos a vivir el 1 de Septiembre 2013. Con la nueva ley, cuando podríamos dejar el piso legalmente? Cada 6 meses o solo después de los primeros 6 meses y entonces de año en año como antes?

muchas gracias

  • Preguntado por: Sra
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (9)
Aneros ha sido el primero en contestar
rafaelamaria ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Sra:

    Preavisando fehacientemente con 30 días de antelación pasados los 6 primeros meses. En su caso con 30 días de antelación al 1 de Mayo 2014, 1 de Abril 2014 y así sucesivamente

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • Sra

    Sra

    inquilino/a

    Buenos días, gracias por las respuestas.

    jan, lo que todavía no me ha quedado claro es que si después de los primeros 6 meses, cuales son las fechas para poder dejar el piso? Cada año (a partir de la fecha de firma o los primeros 6 meses) o cada 6 meses?

    muchas gracias

    • Respondido por: Sra
    • Hace 10 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Sra:

    1º) Usted podrá desistir del contrato, pasados los 6 priemros meses, comunicando fehacientemente tal desistimiento al arrendador con treinta días de antelación

    2º) En virtud de su contrato, usted no estará obligada a pagar ninguna indemnización.

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • rafaelamaria

    casero/a

    Sra, , como usted mismo dice " por si se pierde el trabajo etc" alquile el piso por 6 meses, y nadie se sentirá engañado

  • Sra

    Sra

    inquilino/a

    Por cierto, yo no pretendo irme después de 6 meses, pero como hoy en día nunca se sabe que puede pasar, prefiero dejar el piso que no poder pagar al propietario por si se pierde el trabajo, etc

    • Respondido por: Sra
    • Hace 10 años
  • Sra

    Sra

    inquilino/a

    Hola, el contrato pone las siguientes cláusulas (ver más abajo) y aunque sea de un año, no pone nada de penalizaciones ni nada (en la 4a cláusula pone lo de los 6 meses, etc) Muchas gracias por contestar.

    SEGUNDA. El plazo de duración del presente contrato es de UN AÑO, y comenzara a regir el día 1 DE SEPTIEMBRE DE 2013, sin perjuicio del derecho del arrendatario a las prórrogas por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años.

    TERCERA. Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo tres años de duración de aquel, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con treinta días de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante un año más. A partir de aquel momento el arrendamiento entrará en tácita reconducción de mes a mes hasta que cualquiera de las partes notifique a la otra su voluntad de darlo por resuelto.

    En el supuesto de que el arrendatario no desalojara la vivienda tras el requerimiento de la propiedad a la finalización del contrato o cualquiera de sus prórrogas, deberá abonar una cantidad equivalente al doble de la renta mensual que en aquel momento viniera abonando.

    CUARTA. El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que transcurrido ese plazo, se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días.

    • Respondido por: Sra
    • Hace 10 años
  • rafaelamaria

    casero/a

    Si pero depende de la duracion del contrato , si pactaron por ejemplo 12 meses y se va a los 6 , tendra que indemnizar al casero con una cantidad equivalente a una mensualidad por cada año que reste por cumplir, es decir , en este supuesto, medio mes de penalizacion.

    Cuando alquile el piso , avise de que desea estar 6 meses, y nunca tendrá problemas.

  • rafaelamaria

    casero/a

    Si pero depende de la duracion del contrato , si pactaron por ejemplo 12 meses y se va a los 6 , tendra que indemnizar al casero con una cantidad equivalente a una mensualidad por cada año que reste por cumplir, es decir , en este supuesto, medio mes de penalizacion.

    Cuando alquile el piso , avise de que desea estar 6 meses, y nunca tendrá problemas.

  • Aneros

    casero/a

    Lée bien el contrato que has firmado, si no tienes penalización y avisando fehacientemente con más de treinta días de antelación puedes dejar el piso al finalizar el sexto mes de alquiler

    • Respondido por: Aneros
    • Hace 10 años
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