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SilviaPérez Hd

inquilino/a

Me han subido supuestamente un 2% de alquiler y no se va a reflejar en el contrato. ¿Debo solicitar una actualización?

Llevamos dos años viviendo en el piso, y si me cambian el contrato me obligarán a estar al menos otro año más, pero ellos son los que estarían incumpliéndolo verdad? , es que me resulta muy injusto que me suban el alquiler cuando nunca estuvo previsto.

  • Preguntado por: SilviaPérez Hd
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • deaquiydealli

    casero/a

    Por cierto, hasta que la comunicación no se haga oficialmente, no tienes que pagar el aumento. Se empieza a pagar al mes siguiente de haber recibido el aviso fehaciente.

  • deaquiydealli

    casero/a

    Si, eso es correcto, pero por eso la comunicación de la subida del ipcgn se hace de forma fehaciente por escrito, de alguna manera tendrás que poder justificar que ahora pagas más de alquiler.  

  • SilviaPérez Hd

    inquilino/a

    Yo decia lo del contrato porque yo lo declaro en hacienda, asi que el valor en contrato no sera el mismo al impuesto actualmente.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si se trata de arrendamiento de vivienda, simplemente, no pueden subirte la renta. Únicamente Actualizarla con el ipcgn, según prevé la lau. (No es necesario firmar nada. Basta con que la parte interesada lo comunique a la otra parte)

     

    no es necesario firmar nada para que el contrato se prorrogue por un año completo más.

     

    cuando vence el arriendo,  se auto-prorroga Por otro año, salvo que el inquilino se oponga fehacientemente al menos 30 días antes de cualquier cumpleaños del contrato.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • manuel josé

    casero/a

    Si se hace un contrato por un año se prorroga automáticamente sin hacer nada  hasta los 5 años. Sólo pueden subirte  el incremento del ipc  de año en año. Eso lo figura instituto nacional de estadistica. El inquilino puede rescindirlo anualmente comucándolo por burofax con acuse de recibo 30 dias antes de final cada anualidad o prórroga. Saludos,

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