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utxi

inquilino/a

dos meses en el piso de alquiler el propietario me avisa que debo recoger por que entrega piso en dacion de pago al banco

he alquilado un piso hace 2 meses y ahora el propietario me avisa que en menos de un mes debo recoger mis cosas, ya que entregara el piso al banco como dacion de pago.

Mi pregunta es si puedo denunciar, ya que el contrato que firme es por un año, lo realizamos a traves de una agencia que ademas me cobro unos costes(500 euros) que no recuperare, y la fianza ( que no se si recuperare)..

lo curioso es que la chica de la agencia y la propietaria se llevaban muy bien.

tengo la sensacion que me han engañado, que la propietaria ya sabia en la firma de contrato  de alkiler, que en tres meses tendria que abandonar la vivienda si ni kiero que tambien el banco se quede con mis cosas.

alguien me puede aconsejar que hacer

 

 

  • Preguntado por: utxi
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola utxi:

    Si su contrato es de fecha posterior al 5-6-2013 le sugiero que contacte urgentemente con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos, pues en su caso podría ser de aplicación el artículo 13.1 LAU 1994: "1. Si durante la duración del contrato el derecho del arrendador quedara resuelto por el ejercicio de un retracto convencional, la apertura de una sustitución fideicomisaria, la enajenación forzosa derivada de una ejecución hipotecaria o de sentencia judicial o el ejercicio de un derecho de opción de compra, quedará extinguido el arrendamiento.

    Conforme a lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 7 y en el artículo 14, se exceptúan los supuestos en los que el contrato de arrendamiento hubiera accedido al Registro de la Propiedad con anterioridad a los derechos determinantes de la resolución del derecho del arrendado. En este caso continuará el arrendamiento por la duración pactada."

    reciba un cordial saludo

      http://letradosalquileres.es.tl

     

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Como usted tiene un contrato... no tiene que hacer NADA.

    Solo cambiar la cerradura y seguir pagando la renta.

    Puede que un día reciba un escrito fehaciente del nuevo propietario del piso indicándole un nuevo número de cuenta para pagar la renta desde ese momento.

    Si ocurre, comprúebelo (en el registro de la propiedad) y siga con su contrato...

    Saludos - Papeleos Alquiler

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