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GUILLEM

inquilino/a

Según el contrato que detallo abajo, ¿con qué tiempo de antelación debemos avisar para mudarnos?
Hace menos de 1 mes que entramos a vivir en la vivienda (de segunda mano) actual. Ahora nos damos cuenta de la cantidad de desperfectos que tiene la casa (algunos reparables y otros no).

Informamos de ello a la dueña y nos dijo que repararía lo que pudiera pero que no nos bajaba el alquiler.

De eso hace ya 3 semanas y no ha venido nadie además que tiene un comercio en la puerta de al lado.

Por otra parte tuvo que venir el fontanero para desatascar una tubería (y resultó ser por cúmulo de jabón, que evidentemente con lo que llevamos aquí no fue culpa nuestra). Le pasaremos la factura.

Y la pregunta es:

Si el contrato dice:

"La duracion del siguiente contrato se pacta por la duracion de un año. Llegada la fecha de vencimiento del contrato, si ninguna de las partes contratantes hubiera notificado a la otra con una antelacion de 3 meses su voluntad de no renovarlo, se prorrogará por plazos anuales".

El día que encontremos otra casa, con que tiempo de antelación ...
  • Preguntado por: GUILLEM
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    El plazo mínimo de cumplimiento obligatorio es de 1 año.

    Si deseas abandonar el piso cuando se cumpla el año, tendrás que avisar a tu arrendadora 3 meses antes. (Es una barbaridad, lo habitual y lo que marca la ley es 1, pero si habéis firmado 3, pues debéis avisar con 3 meses)

    Ahora, ¿Habéis avisado por burofax de todos los desperfectos que habéis encontrado? De ese modo quedará constancia de que ya existían al entrara vosotros en la casa.

    Hacedlo así y añadid que de acuerdo al Artículo 21 de la actual LAU "El arrendador está obligado a realizar sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido"

    Dejarlo por escrito os librará al menos de que al abandonar el piso, pretenda responsabilizaros de todos esos desperfectos ...
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En mi blog trato precisamente ese tema: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html

    A su disposición para cualquier cosa que pueda necesitar.

    Pedro Hernández Olmo, abogado
    Web: pedrohernandezabogado.blogspot.com
    Teléfono: 976 399191
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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