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Rosaenero

inquilino/a

¿Si en el contrato de alquiler no habla de indemnizaciones mas alla del año y medio obligado, me las puede exigir al marchar?
En mi contrato de alquiler de 5 años se estipula que es de obligado cumplimiento un año y medio, si me fuera antes perdería tanto el aval bancario (5400 euros) como el mes de fianza (900 euros). También dice que si abandono el piso antes del fin de contrato debo avisar con un mes de antelación.

Si no especifica nada más, significa esto que puedo marcharme libremente con tan sólo cumplir el año y medio obligado avisando con un mes de antelación? Es decir, no podrían penalizarme por marcharme antes de los 5 años, verdad?
  • Preguntado por: Rosaenero
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Guimaraens Abogados ha sido el primero en contestar
  • Guimaraens Abogados

    profesional

    Apreciada Rosaenero:

    Para darte mi opinión con total seguridad debería leerse la totalidad de tu contrato.

    No obstante, por los puntos que comentas, parece efectivamente que si has cumplido un año y medio, puedes irte en cualquier momento preavisando con un mes de antelación.

    Guimaraens Abogados está a tu disposición si lo estimas oportuno.

    Un saludo,
    Guimaraens Abogados
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