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SCG

inquilino/a

Para alquilar un piso el propietario me obliga a pagar el seguro de ese piso, ¿es correcta esa obligación?

El propietario me obliga a pagar el seguro del continente del piso y no sé si me puede obligar a eso o, como propietario, puede ponerlo como requisito.

  • Preguntado por: SCG
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
Karlangas ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Karlangas

    inquilino/a

    Scg:

    Usted no nos dice que tan atractivo es el piso para usted. Debe sopesar si le interesa alquilarlo incluso teniendo que pagar el seguro del continente.

    ejemplos de repercusión de la prima anual del seguro en su renta mensual:  

    --18. 42&Euro; piso de 2 habit, muy nuevo, asegurado en 68. 000€,

    --18. 78&Euro; piso de 2 habit, muy nuevo, asegurado en 60. 000€,

    --20. 07&Euro; piso de 3 habit, muy nuevo, asegurado en 74. 000€,

    --23. 01&Euro; piso de 3 habit, de 20 años, asegurado en 71. 000€,

    Todos los datos son reales. Y, en todos: la cocina está muy bien amueblada y muy equipada, el baño/s muy bien amueblado/s.

    Sigue en 2

  • Karlangas

    inquilino/a

    Entrega 2 de 3

    Si a pesar de ese --más costo mensual-- usted decide alquilar, le recomiendo que hagan ustedes las cosas de la manera más correcta posible y para ello:

    --Que cada uno contrate el seguro, de lo que es de su propiedad, como tomador-asegurado,

    --Usted resarce al arrendador, en la renta mensual, del costo del seguro del continente y

    --Usted contrata su propio seguro.

    Le recomiendo que usted asegure lo suyo, como sigue:

    --Seguro hogar global, que le cubre una gran cantidad de diferentes riesgos (por razón de espacio no se concretan aquí) y le cubre, para cada uno de esos múltiples riesgos con:

    --3. 000&Euro; total continente (*) y

    --12. 000&Euro; total contenido.

    Sigue en 2

  • Karlangas

    inquilino/a

    Entrega 3 de 3

    Con las  Coberturas, más destacadas, que sí que le detallo:

    ----Su mobiliario: 12. 000€ (usted verá si es suficiente)   

    ----Responsabilidad civil 300. 000€

    ----Continente, a primer riesgo 3. 000€

    ----Defensa 8. 000€

    Con las coberturas detalladas y no detalladas, la prima anual de su seguro (impuestos y consorcio incluidos) ascenderá a 114. 22€ (dato real)

    (*) Por existir estas coberturas (de múltiples riesgos) al continente y para no duplicar costos, ambos seguros deberían gestionarlos con la misma aseguradora.

    Confío en que lo que antecede le sea de utilidad.

    Karlangas.

    18. 11. 2011

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Como le han dicho, es legal, pero yo no lo firmaría, pues me haría un seguro propio por el contenido

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Es una clausula perfectamente lícita, le recomiendo si está en trance de alquilar un piso que lea esto:

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2011/09/el-decalogo-del-inquilino.html

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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