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artisdam

inquilino/a

¿Existe un periodo de prueba para el inquilino?

Acabo de alquilar una vivienda y no soporto los ruidos de los coches, me quiero cambiar pero ya veo que estoy obligado a pagar el año entero como comentais.

Llevo un mes viviendo, supongo, que si justifico que la vivienda es insalubre?, o con algún justificante médico que justifique mi malestar, por otro lado las habitaciones tienen reverb (eco), supongo que no cumplen con la legislación referente a la sonoridad...

Gracias por vuestra ayuda

 

  • Preguntado por: artisdam
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (13)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Cuñao ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Victoria

    inquilino/a

    Buenas tardes.  Yo soy inquilina desde hace varios años y por circunstancias de movilidad geográfica laboral, hemos tenido mi pareja y yo que ir cambiando cada ciertos años de vivienda, pues bien, por nuestra experiencia podemos decir que aunque la zona en la que secencuentra la vivienda te agrade, hasta que no vives en ella mínimo un mes, no te das cuenta de los defectos que a simple vista no vas a ver en una visita, ( si hace exagerada calor, ruido, humedad, electrodomésticos estropeados), y un sin fin de problemas que TODOS los caseros procuran disimular una vez tengan la vivienda vacía para volver a enseñarla. Ya está bien, encima del abuso que conlleva el pagar unos alquileres carísimos para lo poco que ofrecen, también debemos aguantarnos con comernos por fuerza y pagar religiosamente todas sus mensualidades x supuesto. Pues lo mismo que el propietario tiene el derecho de exigir las clausulas que él vea necesarias, el inquilino también tiene derecho a exigir mínimo un mes de prueba, ya que en principio ningún inquilino se niegan a pagar, tampoco deberíamos aguantar abusos ni engaños, porque son estafadores, ofreciendo unas condiciones que no cumplen y además de preguntarles directamente sobre la situación de la vivienda y ellos con toda la poca vergüenza de engañarte. No puede ser que el inquilino se vea obligado a permanecer en una vivienda donde las condiciones no son las que le ofrecieron.
  • Anonimo

    inquilino/a

    Tengo la solución para todos estos caseros que dicen barbaridades como las que he leido aqui en este foro. ¡¡¡¡OKUPACION!!!!

    • Respondido por: Anonimo
    • Hace 6 años
  • Anonimo

    inquilino/a

    a todos los caseros que leo por aquí, diciendo cosas como "
    desistimiento unilateral y caprichoso" y "así va España", no solo tenemos que aguantar y  tratar de sobrevivir con los precios de alquiler a los que nos sometéis, si no que encima tenemos que permanecer en un piso en el que existe algún tipo de problema del que no hemos sido informados a la hora de entrar a vivir y que entiendo que el casero no se molestará en solucionar.
    • Respondido por: Anonimo
    • Hace 6 años
  • JoseAntonio37

    casero/a

    Cuando un inquilino se quiere ir nada mas entrar suele no ser consciente de que su desestimiento unilateral y caprichoso del contrato tiene un perjuicio rela para el propietario. 

    He visto poner excusas de todo tipo por parte del inquilinon en estos casos, porque no entienden que esto de los alquileres no es como los apartahoteles por dias. 

    Puede usted hacer los montajes necesarios para inventarse que la vivienda de repente es insalubre, pero si yo fuera su casero le llevaria delante de un juez a que le explique usted sus teorias físicas sobre insalubridad, reververaciones sonoras y ruidos de coches.

    Después de todo quizás tenga usted algo de razón, pero si su posición es la de dar problemas por evitar asumir sus responsabilidades (cuanto menos no haber sabido seleccionar antes de entrar una vieinda acorde a sus gustos), creo que el que va a tener lor problemas va a ser usted porque claramente lo que quiere es poner excusas para no asumir sus responsabilidades contractuales. 

     

  • nupa

    casero/a

    Hoy no he aceptado la condiciones para alquilar una casa de vacaciones que conocian los futuros inquilinos a través de fotos detalladas,y a la   que se les permitia entrar a revisasar antes de firmar el contrato porque me pedian 30 dias para decidir si se encontraba a su entera SATISFACCION.Imagina que en lugar de pintada de marron la quieren roja......Es evidente que si existe cualquier cosa estropeada y de la que no has sido informado previamente ,la repararas,pero de hay a un alquiler a prueba.Yo supongo que ya sabias el tipo de ruido que habria por la zona donde se encuentra el piso no?

    • Respondido por: nupa
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Madre mia, y encima se autodenomina api y perito, impresionante.

    Por norma general, los contratos són de obligado cumplimiento.

    En serio, no me extraña que españa vaya como va, con estos "profesionales" que no tienen ni p_ta idea de su trabajo.

    Lo más gracioso es la parte de "todos los contratos que correctamente se hacen firmar a los arrendatarios", cuando todos los contratos són correctos y hay que firmarlos. En fin, ver para creer.

     

    Más que christenerife parece chistenerife

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • manuel josé

    casero/a

    Algunos arrendadores ponen esa cláusula de 30 o 40 dias para revision de desperfectos y sobre todo tendente a evitar posibles reclamaciones por inhabitabilidad. Si se diera el caso podrían o subsanarlo el arrendador o rescindir el contrato.

    Es un acuerdo entre las partes que no perjudica al arrendatario, más bien le favorece. No es cláusula nula. saludos,

  • deaquiydealli

    casero/a

    Me gustaría que la "profesional" christenerife explicase esa claúsula que según ella llevan los contratos que correctamente se hacen firmar a los arrendatarios en la que se especifica que el arrendatario tiene 30 días para abandonar la vivienda por no estar cómoda.  De dónde se ha sacado eso? Existe alguna ley, jurisprudencia... al respecto? En la LAU no dice nada de eso. 

    Eso no será un acuerdo entre las partes como la despenalización por finalización anticipada? 

  • christenerife

    profesional

    Hola buenas noches

    Mi comentario referente a las dudas que en este momento te tienen confusa a que si puedes abandonar el piso en cual lo has alquilado, te comento que por norma general, todos los contratos que correctamente se hacen firmar a los arrendatarios , deben llevar una clausula donde te especifican que tienes treinta dias para informar al arrendador la desicion a abandonar la vivienda por no estar comoda en ella sea la causa que sea , es conveniente remitir al propetario un buro fax en cual has tomado la decicion de abandonar dicha vivienda . 

    En la cual nadie te obliga a que tengas q abonar todo el año o los meses que te quedan ,

    Te puedes poner en contacto con esa persona donde le comunicas a interes tuyo la ideas que tienes de abandonar el piso verbalmente y asu vez no olvides de enviarle el buro fax para gustificar el abandono ok saludos

    Chris tenerife 

    Agente de la propiedad inmobiliarai y perito judicial 

    www.serie5.net

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Si llamas a la policia para que hagan una medición y te mandan una dotación, hazmelo saber, porque lo dudo.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Cuñao

    inquilino/a

    Habla con el casero a ver qué te cuenta respecto al problema del ruido y hablale de la posibilidad de rescindir el contrato de alquiler.

    1-Yo intentaría ir por las buenas e intentar rescindirlo por acuerdo común y firmar ésto.

    2-Si no quiere, puedes ofrecerle buscar nuevos inquilinos.

    3-Si tampoco quiere, pues se puede llamar a la policía un día de mucho ruido para que hagan una medición acústica y poner una denuncia. Aunque éste último caso tiene muchos peros y cantidad de problemas...

    Personalmente optaría por las 2 primeras opciones.

    • Respondido por: Cuñao
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Amparo: Solo me has dejado recordarle al inquilino descontento que lea esto:

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2011/09/el-decalogo-del-inquilino.html

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Cito a nuestro experto Pholmo:

    En estos casos conviene recordar la doctrina general en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble y su equipamiento varía entre el dueño y el inquilino.  Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.


     En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/   estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler.

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