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VANEOSWAL

inquilino/a

hola mi contrato ya se vencio el año pasado en el mes de octubre

el piso donde vivo era nuestro lo compramos y luego lo tuvimos q emtregar al banco, salimos sin deuda

luego el banco nos lo dejo en alquiler el mismo piso por 830 luego de un año llamamos al banco y le comunicamos que era muy alto el alquiler y me lo arreglaron en 650 por un año termino el contrato y me llego un comunicado avisandome que volberia a subirme el alquiler por 830

el contrato termino en octubre de año pasado

y yo segido pagando 650 hasta el mes de febrero

yo he dejado de pagar mi pregunta es ellos pueden cobrarme el alquiler de los demas meses que no he pagado

ademas estoy sin contrato digame que puedo hacer ademas el piso esta con una financiera ya no esta con el banco que llevaba nuestro alquiler

 

  • Preguntado por: VANEOSWAL
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Plantea una serie de cuestiones de dificil solución en este reducido espacio. Al parecer tiene un contrato verbal, al menos después de modificar el alquiler para dejarlo en 650 euros, por otra parte parece que su piso ha sido enajenado por el Banco sin ofrecerle el derecho de tanteo.

    Cabe decir que los contratos de alquiler no caducan, se prorrogan o entran en tácita reconducción, en su caso parece que todavía se encuentra en la prórroga legal de 5+3 años.

    Si le han seguido cobrabdo pacificamente el alquiler a 650 euros entiendo que ahora no pueden modificarlo.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Es logico que el propietario te reclame las rentas debidas, está en su derecho. No se si esperabas que alguien te dijese que puedes vivir gratis, pero no.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


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